SAP Cádiz, 2 de Junio de 2003
Ponente | JUAN IGNACIO PEREZ DE VARGAS GIL |
ECLI | ES:APCA:2003:1228 |
Número de Recurso | 211/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 2 de Junio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 7ª |
D. MANUEL GUTIERREZ LUNAD. JUAN IGNACIO PEREZ DE VARGAS GILD. JUAN JAVIER PEREZ PEREZ
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ
Sección Séptima
Algeciras.
Actuaciones:
Rollo de apelación civil núm. 211 / 03
Autos de juicio de separación matrimonial de común acuerdo núm. 423 / 02
Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Algeciras
Sala :
Ilustrísimos Sres. Magistrados :
Presidente : Don Manuel Gutiérrez Luna
Don Juan Ignacio Pérez de Vargas Gil
Don Juan Javier Pérez Pérez
SENTENCIA NUM: / 03
En la ciudad de Algeciras a dos del mes de junio del año de dos mil tres.
Vistos por esta Sección Séptima de Algeciras, el presente rollo de apelación referidos a los autos de juicio matrimonial de separación de común acuerdo reseñados en el encabezamiento ; promovidos en su día por los cónyuges DON Jose Pedro y DOÑA Edurne y , en su nombre representación por la procuradora DOÑA CONCEPCION ALADRO ONETO , bajo dirección jurídica de letrado, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal ; el que pende ante esta SALA en méritos de recurso de apelación interpuesto por el M. Fiscal contra la resolución dictada con fecha veinte del mes de diciembre pasado por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción núm. uno de los de esta ciudad y ;
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ANTECEDENTES PROCESALES
Que en su día por la representación de los citados cónyuges se presentó demanda de separación de común acuerdo con apoyo sustantivo del artículo 81.1º del CC y procesal del artículo 777 de la LEC a la que se acompañaba el CONVENIO REGULADOR que los esposos habían suscrito para regular sus relaciones y ratificado este, se dio el preceptivo traslado al Fiscal, quien emitió informe en el sentido de oponerse en los términos que constan ( Folio 17) ; quedando los autos conclusos para dictar sentencia la que lo fue en la fecha mas arriba indicada y , en cuya parte dispositiva o fallo, se decía así :
" FALLO : Que, estimando la demanda interpuesta por la representación de Dña. Edurne y DON Jose Pedro , declaro la separación personal y patrimonial de ambos con los efectos legales inherentes y los que se contienen en el Convenio Regulador de 22 de octubre pasado que se aprueba por la presente, sin hacer expresa declaración sobre costas causadas."
Que contra la citada sentencia fue planteado recurso de apelación por el M. Fiscal del que se dio traslado a los cónyuges demandantes quienes evacuaron el trámite en el sentido de interesar la confirmación de la sentencia y por tanto, de rechazo, del CONVENIO REGULADOR y en especial el contenido de la CLAUSULA CUARTA del mismo que regula la pensión de alimentos a pagar por el padre a favor y en beneficio de los tres hijos menores de edad y, remitidas las actuaciones a esta Sección, se procedió a formar el pertinente rollo de apelación ; registrándose con...
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