SAP Sevilla 543/2004, 23 de Noviembre de 2004
ECLI | ES:APSE:2004:4456 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 543/2004 |
Fecha de Resolución | 23 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª |
S E N T E N C I A Nº 543/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA
Sección Primera
ILMOS SRES.
PRESIDENTE:
ELOISA GUTIERREZ ORTIZ
MAGISTRADOS:
PEDRO IZQUIERDO MARTÍN
CARLOS LUIS LLEDÓ GONZALEZ
APELACIÓN ROLLO NÚM. 7436/2004
JUZGADO DE LO PENAL Nº 11 DE SEVILLA
ASUNTO PENAL NÚM. 334/2003
En la ciudad de SEVILLA a veintitrés de noviembre de dos mil cuatro.
Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de Lo Penal referenciado, cuyos recursos fueron interpuestos por las representaciones de ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE DISTRIBUIDORES Y EDITORES DE SOFTWARE DE ENTRETENIMIENTO (A.D.E.S.E.) y Bartolomé . Es parte recurrida el MINISTERIO FISCAL.
El Ilmo Sr. Magistrado Juez de lo Penal Penal nº 11 de Sevilla , dictó sentencia el día 14 de Julio de 2004 en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice, "Que debo condenar y CONDENO a Bartolomé , como autor penalmente responsable de UN DELITO CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN y accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y como autor de UNA FALTA CONTRA EL ORDEN PUBLICO , a la pena de MULTA DE DIEZ DÍAS , con cuota diaria de 1,21 euros, o apremio personal subsidiario de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas; así como al pago de las costas de esta instancia, incluidas las causadas a la acusación particular.
Se decreta el COMISO y destrucción de los discos compactos intervenidos.
El acusado indemnizará a los titulares de los derechos sobre las obras ya reseñados en el hecho probado, en las cantidades que se determinen en ejecución de sentencia tomando como base las que habrían obtenido a cambio de la autorización para la reproducción y distribución de tales obras.
Al acusado le será de ABONO el tiempo en que estuvo privado de libertad por esta causa, el que se le computará en la correspondiente liquidación de condena, en su caso.
Notifíquese esta resolución a las empresas distribuidoras referenciadas en el hecho probado."
Contra dicha resolución se interpusieron en tiempo y forma recurso de apelación, por las representaciones de A.D.E.S.E. y Bartolomé y admitidos los recursos y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el rollo, se señaló el día de la fecha para la votación y fallo, quedando visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Ha sido Ponente la Ilma Sra Magistrada Dª ELOISA GUTIERREZ ORTIZ, quien expresa el parecer del Tribunal.
HECHOS PROBADOS
Se acepta la declaración de hechos probados de la Sentencia apelada, que dicen así, " Se declara probado que sobre las 12:10 horas del día 1 de febrero de 2003 el acusado Bartolomé se encontraba en los antiguos aparcamientos de la Expo´92, en la Avda. Carlos III de esta capital, donde se organiza un mercadillo, teniendo expuestos a la venta pública, en un tenderete, un total de doscientos cuarenta y dos (242) discos compactos que contenían copias de diversos videojuegos para la Play Station, consciente de que no habían sido autorizadas por los titulares de los derechos sobre tales obras, que eran las que a continuación se detallan junto con la valoración del precio de venta al público, en el mercado lícito, sin impuestos incluidos:
Distribuidora titular de los derechos
Cryo
Cryo
Electronic Arts
Electronic Arts
Título de la obra
Dragon Ball Final Bout
Parasite Eve II
Roland Garros 2002
Necronomicon
FIFA 2003
Star Wars Rebel Assault I II
Número de ejemplares intervenidos
3
3
3
3
3
5
3
P.V.P. en euros
46,58
26,99
45,02
27,58
12,38
38,13
12,09
Electronic Arts
Electronic Arts
Electronic Arts
Electronic Arts
Electronic Arts
Electronic Arts
Erbe Software
Erbe Software
Friendware
Infogrames España
Infogrames España
Infogrames España
Infogrames España
Infogrames España
Battelfield 1942 Secret Weapon of WW II
Test Drive 4
Peter Pan
Soviet Strike
NBA Live 2003
Supercross
Global Domination
Test Drive 6
Euro Racer
Eagle One: Harrier Attack
Looney Tunes: Perro & Lobo
Driver 2
Super Pang Collection
3
3
2
5
4
3
3
3
2
3
3
3
3
2
16,78
33,65
24,20
20,67
30,23
31,67
30,02
25,86
34,83
21,59
14,97
23,53
36,02
38,81
Infogrames España
Konami
Konami
Konami
Konami
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Proein, S.A.
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Sony Computer Enterteinment
Ubi Soft
Ubi Soft
Ubi Soft
Ubi Soft
Ubi Soft
Ubi Soft
Ubi Soft
Virgin
Virgin
Virgin
Virgin
Virgin
Virgin
Virgin
Virgin
Victory Boxing
Pro Evolution Soccer 2 Platinum
Metal Gear Solid 2: Sons of Liberty
Fisherman's Bait 3
Kensei Sacred Fist
Jackie Chan Adventures
Monstruos, S.A.
Scooby Doo
Evil Dead: A Fistful of Boomstick
Duke Nuken Land of Babes
Mike Tyson Boxing
El Dorado
GTA 2
Final Fantasy VI
Blade
Mat Hoffman's Pro BMX
Spiderman
Gun Survivor 4: Resident Evil
Harry Potter: La Cámara Secreta
Syphon filter 3
Crash Bandicoot
Medievil
Klonoa Beach Voleyball
Spawn
Crash Team Racing
WRC World Rally Championship
Crash Bash
Stuart Little 2
Tekken 3
Formula One Arcade
Gran Turismo 2
Spyro the Dragon
Colin Mc Rae Rally 2.0
Las Supernenas
Disney's Lilo & Stich
E.T. El Extraterrestre
Disney's Goofy's Fun House
El Planeta de los Simios
Rayman Rush
Rainbow Six
Mortal Kombat Special Forces
Team Assault
Pink Panther
Bloody Roar 2
Dark Stalkers
Drácula 2: El último Santuario
2
3
3
4
3
3
6
3
3
3
2
3
2
2
2
4
3
3
6
8
4
2
3
3
3
3
5
2
3
3
5
4
3
3
2
4
3
3
3
3
3
4
3
5
3
2
3
3
15,49
18,57
40,48
27,47
23,98
39,82
27,83
25,81
35,10
31,79
33,12
27,17
16,54
12,42
26,90
34,58
36,02
51,13
14,79
31,88
15,49
38,81
13,00
36,22
48,02
37,71
45,08
31,88
23,00
41,40
23,00
20,98
38,81
33,59
36,36
33,59
28,23
21,61
12,10
29,95
37,26
33,00
12,32
13,72
17,97
38,81
20,67
28,85
Al percatarse el acusado de la presencia de varios policías locales que habían sido alertados al efecto por el vigilante del mercadillo, salió corriendo, siendo no obstante detenidos por dichos agentes después de un forcejeo debido a que se negaba a ser detenido."
Dado la existencia de dos recursos distintos procede analizarlos por separados comenzando por razones de pura lógica por el presentado por el acusado.
Recurso interpuesto por Bartolomé .
Se interpone recurso de apelación por Bartolomé , contra la sentencia dictada, alegando esencialmente error en la valoración de la prueba con vulneración del principio de presunción de inocencia.
El principio de presunción de inocencia consagrado en el art. 24.2 de la Constitución configura una norma directa y vinculante para todos los poderes públicos que opera en las situaciones, pero sobre todo en el ámbito procesal determinando la presunción de inocencia, de trascendental importancia en el régimen jurídico de la prueba penal. La constante doctrina sentada por el Tribunal Constitucional (Sentencias 49/98 de 2 de marzo , 68/98 de 30 de marzo, 81/98 de 2 de abril, 157/98 de 13 de julio , 189/98 de 28 de septiembre, 220/98 de 16 de noviembre, 7/99 de 8 de febrero, 42/99 de 22 de marzo, 85 y 86/99 de 10 de mayo, 161 y 166/99 de 27 de septiembre, 229/99 de 13 de diciembre, 53/00 de 14 de febrero, 117/00 de 5 de mayo, 171/00 de 26 de junio , 185/00 de 10 de julio, 202/00 de 24 de julio, 249/00 de 30 de octubre, 278/00 de 27 de noviembre, 72/01 de 26 de marzo y 87/01 de 2 de abril) expone como dicha presunción de inocencia exige para ser desvirtuada la existencia de una mínima y suficiente actividad probatoria, producida con las debidas garantías procesales, es decir, con estricto respeto a los derechos fundamentales, que resulte racionalmente de cargo y de la que se pueda deducir la culpabilidad del acusado, todo ello en relación con el delito de que se trate, los elementos específicos que lo configuran y su autoría o participación.
Como consecuencia de la vigencia de esta presunción constitucional, la carga material de la prueba corresponde exclusivamente a la acusación y no a la defensa; las partes acusadoras deben acreditar en el juicio los hechos constitutivos de la pretensión penal, quedando el acusado liberado de la carga de probar su propia inocencia, y sin que pueda exigírsele una probatio diabólica de los hechos negativos; si no se...
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