SAP Girona 281/2009, 20 de Abril de 2009

PonenteFATIMA RAMIREZ SOUTO
ECLIES:APGI:2009:554
Número de Recurso62/2009
ProcedimientoAPELACI
Número de Resolución281/2009
Fecha de Resolución20 de Abril de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA (PENAL)

GIRONA

ROLLO Nº 62/09

JUICIO DE FALTAS Nº 227/08

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE OLOT

SENTENCIA Nº 281/09

Girona a veinte de abril de dos mil nueve.

La Ilma. Sra. Magistrada FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO ha visto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Sr. Juez del Juzgado

de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Olot, en el juicio de Faltas nº 227/08, seguido por LESIONES, habiendo sido parte apelante Marina, dirigido por el Letrado Sr. Massot y como recurridos Tania Y Asunción, representada

por su padre Manuel, dirigidas por el Letrado Sr. García Rafanell y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la sentencia apelada se dictó el Fallo que literalmente copiado es como sigue: " Condemno a la Sra. Marina com autora dels fets pels que va ser denunciada a sengles faltes de lesions de l'article 617.1 del Codi Penal, una contra la persona de Tania, a una pena de 35 dies de multa amb una quota diaria de 6 euros, i una altra contra la persona de Asunción, a una pena de 35 dies de multa amb una quota de 6 euros diaris, i les costes del judici.

En via de responsabilitat també condemno a la senyora Marina a que indemnitzi a Tania pels 30 dies de baixa no impeditiva a raó de 35 euros per dia i per la seqüela de 2 punts a raó de 789,95 euros segons la taula III del barem aprovat per resolució de 17 de Gener de 2008, de la Dirección General de Seguros y fondos de pensiones, i que indemnitzi a Asunción pels 10 dies de baixa no impeditiva, a raó de 35 euros per dia."

SEGUNDO

El recurso contra la sentencia se interpuso por Marina, con fundamento que expresa en el escrito en que se deduce el mismo.

TERCERO

Se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia recurrida a excepción de la expresión "ocurreguda en ocasió de coincidir amdues en un pavelló esportiu durant la disputa d'un partit de voleibol" que se sustituye por "ocurreguda el día 7 de setembre de 2008 davant del bar "El Mirall" de la localita d'Olot"

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia que condena a Marina como autora de dos faltas de lesiones se alza esta alegando la infracción del principio de presunción de inocencia al considerar que su condena se ha producido sin la necesaria prueba de cargo en que sustentarla al no resultar corroboradas las declaraciones de las denunciantes por los testigos que declararon en el juicio y no resultar acreditada la realidad de las lesiones por la objetivización en las denunciantes del menoscabo físico denunciado, cuestionándose, en consecuencia, la credibilidad de las denunciantes.

La sentencia fundamenta la comisión por el recurrente de las faltas por la que ha sido condenado en la declaraciones de las denunciantes Asunción y Tania y los testigos que depusieron en el juicio, los cuales, según resulta del acta del juicio, corroboraron la...

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