SAP Málaga 733/2009, 17 de Diciembre de 2009

PonenteRAFAEL LINARES ARANDA
ECLIES:APMA:2009:2240
Número de Recurso94/2007
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución733/2009
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

SECCIÓN PRIMERA

Iltmos. Sres:

PRESIDENTE Sr. D RAFAEL LINARES ARANDA

MAGISTRADA Sr. D AURORA SANTOS GARCIA DE LEON

MAGISTRADO : SR. DIEGO BUENO MEILAN.

Nº Procedimiento: Rollo nº 94/2007.

Procedimiento Origen: Diligencias Previas nº 1240 /04 (P.A137/04)

Origen: JUZGADO DE INSTRUCION Nº1 DE LOS DE MARBELLA

La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Málaga, en la causa de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

SENTENCIA nº733/2009

En Málaga, a diecisiete de diciembre de dos mil nueve.

La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Málaga ha visto, en juicio oral y publico, la causa seguida con el número arriba indicado, de rollo de Sala, correspondiente al Procedimiento Abreviado número del 137/04, del Juzgado de Instrucción número 1 de los Marbella, por supuesto delito de blanqueo de capitales.

Contra Lucio, titular del D.N.I. Nº NUM000 nacido en Marbella el día 28/08/1947, hijo de José y de Ana, con domicilio en C/ DIRECCION000 EDIFICIO000, nº NUM001 Piso NUM002 - NUM003, de Marbella, sin que consten antecedentes penales, solvente; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente los días 6.9.2004 al día 31.5.2005, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. FERNANDO MARQUEZ MERELO y asistido por el letrado Sr PEDRO APALATEGUI ISASSA.

Contra María Rosa, titular del D.N.I. Nº NUM004 nacida el día 28/08/1950, en Marbella, hija de Miguel y de Francisca, con domicilio en C/ DIRECCION000 EDIFICIO000, nº NUM001 Piso NUM002 NUM003, de Marbella, sin antecedentes penales, solvente; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privada cautelarmente los dias 6.9.2004 al dia 18.11.2004, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. MARTA MERINO GASPAR y asistida por el letrado Sr. OSCAR ALARIOS.

Contra Jacobo, titular del D.N.I. Nº NUM005 nacido el día 15/07/1985 en Málaga hijo de Manuel y de María Luisa, con domicilio en C/ DIRECCION000 EDIFICIO000, nº NUM001 Piso NUM002 - NUM003, de Marbella, con antecedentes penales, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privada cautelarmente los días 6 al 8.9.2004, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. MARTA MERINO GASPAR y asistido por el letrado Sr. OSCAR ALARIOS.

Contra Jose Luis, titular del D.N.I. Nº NUM006 nacido el día 30/07/1946, en Málaga, hijo de Juan y de Dolores, con domicilio en EDIFICIO001, CARRETERA000 nº NUM007 - NUM008 - NUM009 de Marbella, sin que consten antecedentes penales, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente los días 6.9.2004 al dia 16.8.2005, representado por el Procurador de los Tribunales Sr .FERNANDO MARQUEZ MERELO y asistido por el letrado Sr PEDRO APALATEGUI ISASSA. Contra Aurora, titular del D.N.I. Nº NUM010, nacida el día 02/09/1954, hija de Antonio y de Remedios, con domicilio en EDIFICIO001, CARRETERA000 nº NUM007 - NUM008 - NUM009 de Marbella sin antecedentes penales, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privada cautelarmente, los días 6.9.2004 al dia 30.11.2004, representada por el Procuradora de los Tribunales Sr .FERNANDO MARQUEZ MERELO y asistida por el letrado Sr PEDRO APALATEGUI ISASSA

Contra Eugenio, titular del D.N.I. Nº NUM011 nacido el día 04/03/1948, en Sevilla, hijo de Antonio y de Magdalena, con domicilio en C/ DIRECCION001 nº NUM012, NUM008 NUM003 de Marbella, sin antecedentes penales, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privada cautelarmente los días 6 al 8.9.2004, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. GRACIA CONEJO CASTRO y asistido por el letrado Sr MENA QUIROS.

Contra Marí Trini, titular del PASAPORTE Nº NUM013, nacida el día 10/08/1979, en Jkarde ( Suecia ), hija de Per Olot y de Lena, con domicilio en DIRECCION002 nº NUM014, NUM008 NUM015, 55312, Jonkoping, Suecia, sin antecedentes penales, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privada cautelarmente, los días 6 al 8.9.2004, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra ANGEL MORA CAÑIZARES. y asistida por el letrado Sr MIGUEL ANGEL ORTIZ ORTEGA .

Contra Asunción, titular del DNI. Nº NUM016, nacida el día 19/02/1963, en Pichincha ( Ecuador ), hija de Luis y de María Teresa, con domicilio en C/ DIRECCION003 nº NUM017 de Pozuelo de Alarcón, Madrid, sin antecedentes penales, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privada cautelarmente el día 12.1.2005, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra ISABEL DELGADO GARRIDO y asistida por el letrado Sr. JOSE ANDRES GALVEZ ANGUITA

Contra Ismael, titular del NIE Nº NUM018, nacido el día 08/06/1964, en Tunez, hijo de Mabroux y de Hamila, con domicilio en Urbanización las Lomas del Rio Verde, Villa Wallaa en Marbella, sin que consten antecedentes penales, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente los dias 6 a 9.9.2004, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. ANA MARIA RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ . y asistido por los letrados Sr. GUERRERO PALOMARES y Sr HERRERA NUÑEZ.

Contra Jose Pedro, titular del NIE. Nº NUM019, nacido el día 25/01/1956, en CASABLANCA (MARRUECOS), hijo de ELY y de MARCEL, con domicilio en de C/ DIRECCION004 NUM017, URB. DIRECCION005, ESTEPONA, sin antecedentes penales, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente el dia 18.1.2005, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra MIGUEL A. ORTEGA GIL y asistido por la letrada CECILIA PEREZ RAYA.

Contra Efrain, titular del PASAPORTE Nº NUM020, nacido el día 02/09/1948, en HITCHIN ( REINO UNIDO), hijo de ROLALD y de VIOLET, con domicilio en NUM021 DIRECCION006, HADLEYWOOD, HERTS, REINO UNIDO, sin que consten antecedentes penales computables, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente los días 16 y 17.1.2005, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra FELICIANO GARCIA RECIO GOMEZ y asistido por el letrado Sr PABLO GONZALEZ VICENTE.

Contra Marco Antonio, titular del PASAPORTE Nº NUM022, nacido el día 07/12/1973, en LIVERPOOL, hijo de ROBER y de MARY, con domicilio en NUM023 DIRECCION007 ESTEPONA, sin que consten antecedentes penales computables, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales Sr IGNACIO SÁNCHEZ DIAZ y asistido por el letrado Sr.FRANCISCO NÚÑEZ CAMACHO

Contra Gervasio, titular del PASAPORTE Nº NUM024, nacido el día 13/03/1961, en GLASGOW ( REINO UNIDO ), hijo de WALTER y de JEAN, con domicilio en de URBANIZACIÓN000 NUMERO NUM025

, PUERTO BANUS, MARBELLA, sin que consten antecedentes penales computables, no consta su solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales Sr FELICIANO GARCIA RECIO y asistido por el letrado Sr. JOSE LUIS SANZ ARRIBAS

Siendo parte el Ministerio Fiscal. El Señor Magistrado Don RAFAEL LINARES ARANDA, actuó como Ponente, y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha del día 5 de Octubre de 2009 se iniciaron las sesiones del juicio oral, que se ha prolongado durante los días 7, 13, 14 y 15 de Octubre; día 10 de Noviembre y día 3 de Diciembre y que ha tenido lugar en esta Sala, para la celebración de la vista, en juicio oral y público, de la causa seguida por supuesto delito de Blanqueo de Capitales, con el resultado que consta en el acta a tal efecto levantada. Intervienen los intérpretes Doña Emma, D. Luis Antonio ; Doña Ruth y D. Celso .

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, en su escrito de calificación provisional estimaba que los hechos relatados en su escrito son constitutivos de un delito continuado de Blanqueo de Capitales de los Artículos 301-1º, 302 y 74 del Código Penal . Siendo responsables en concepto de autores (Artículo 28 del C.P .) los acusados Lucio, Jose Luis, María Rosa, Aurora, Jacobo, Asunción,, Ismael, Jose Pedro, Efrain, Marco Antonio y Gervasio . y son responsables en concepto de cómplices (Artículo 29 del C.P .) los acusados Eugenio y Marí Trini . No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Procede imponer a Lucio y Jose Luis (como jefes de la organización) la pena de 8 años de Prisión, Multa del triplo del valor del dinero blanqueado, inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, clausura definitiva de la Agencia de cambio de divisas y locales o...

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