SAP Pontevedra 320/2010, 24 de Mayo de 2010
Ponente | JAIME CARRERA IBARZABAL |
ECLI | ES:APPO:2010:1062 |
Número de Recurso | 4024/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 320/2010 |
Fecha de Resolución | 24 de Mayo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6
PONTEVEDRA, sede Vigo
SENTENCIA: 00320/2010
Domicilio: C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO
Telf.: 986817388-986817389 - Fax: 986817387
Modelo: SEN00
N.I.G.: 36038 37 1 2010 0600073
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0004024 /2010
Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de VIGO
Procedimiento de origen: MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 0000198 /2009
APELANTE: Victoriano
Procurador/a: DOLORES COBAS GONZALEZ
Letrado/a: GERARDO GALLEGO PEREZ
APELADO/A: MINISTERIO FISCAL, Sagrario
Procurador/a:, GISELA ALVAREZ VAZQUEZ
Letrado/a:, CLARA-MARIA BEIRO CALVO
LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres.
Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, Presidente; DON JULIO PICATOSTE BOBILO y DOÑA MAGDALENA FERNÁNDEZ SOTO, han pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
La siguiente
SENTENCIA núm. 320/10 En Vigo, a veinticuatro de mayo de dos mil diez.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sede Vigo, los autos de Modificación de Medidas Definitivas número 198/09, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA núm. 12 de Vigo, a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 4024/10, en los que es parte apelante-demandante DON Victoriano, representado por la Procuradora doña María Dolores Cobas González y asistido del Letrado don Gerardo Gallego Pérez; y, apelada-demandada: DOÑA Sagrario
, representada por la Procuradora doña Gisela Álvarez Vázquez, asistida de la Letrada doña Clara Beiro Calvo, y con la intervención del MINISTERIO FISCAL.
Ha sido Ponente el Iltmo. Magistrado DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 12 de Vigo, con fecha 5 de octubre de 2009, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:
" Que desestimando como desestimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Cobas González, en nombre y representación de D. Victoriano, frente a Dª Sagrario, representada por la Procuradora Sra. Álvarez Vázquez, debo absolver y absuelvo, en el fondo del asunto, a la demandada de las pretensiones en su contra deducidas en este pleito, cuyas costas se imponen al promovente."
Contra dicha Sentencia, por la Procuradora doña María Dolores Cobas González, en nombre y representación de don Victoriano, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria y el Ministerio Fiscal
Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sede Vigo, formándose el correspondiente rollo en el que se acordó no haber lugar a la unión de los documentos presentados por la parte apelante y proceder a su desglose, y señalándose, por su turno, para la deliberación del presente recurso el día veintiuno del presente mes de mayo.
En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.
La sentencia de fecha 13 de noviembre de 2008, dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 25 de Madrid, en procedimiento sobre relaciones paterno filiales de mutuo acuerdo, seguido en el mismo bajo el núm. 942/2008, aprobaba el Convenio Regulador aportado por D. Victoriano y Dª Sagrario, en el que, entre otros extremos y por lo que aquí interesa, se establecía que el padre contribuiría al levantamiento de las cargas familiares, en concepto de alimentos a favor de sus dos hijas, en la cantidad de 600 euros mensuales, a razón de 300 euros mensuales por cada hija.
En el presente procedimiento, de modificación de medidas, se insta por el progenitor obligado al pago de la pensión alimenticia, de modo principal, la supresión de la misma y, subsidiariamente, la disminución de la pensión a 100 euros mensuales por cada una de las hijas.
La alteración de circunstancias, como presupuesto básico de la pretensión de modificación, se...
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