SAP Pontevedra 320/2010, 24 de Mayo de 2010

PonenteJAIME CARRERA IBARZABAL
ECLIES:APPO:2010:1062
Número de Recurso4024/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución320/2010
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA, sede Vigo

SENTENCIA: 00320/2010

Domicilio: C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Telf.: 986817388-986817389 - Fax: 986817387

Modelo: SEN00

N.I.G.: 36038 37 1 2010 0600073

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0004024 /2010

Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de VIGO

Procedimiento de origen: MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 0000198 /2009

APELANTE: Victoriano

Procurador/a: DOLORES COBAS GONZALEZ

Letrado/a: GERARDO GALLEGO PEREZ

APELADO/A: MINISTERIO FISCAL, Sagrario

Procurador/a:, GISELA ALVAREZ VAZQUEZ

Letrado/a:, CLARA-MARIA BEIRO CALVO

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres.

Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, Presidente; DON JULIO PICATOSTE BOBILO y DOÑA MAGDALENA FERNÁNDEZ SOTO, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA núm. 320/10 En Vigo, a veinticuatro de mayo de dos mil diez.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sede Vigo, los autos de Modificación de Medidas Definitivas número 198/09, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA núm. 12 de Vigo, a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 4024/10, en los que es parte apelante-demandante DON Victoriano, representado por la Procuradora doña María Dolores Cobas González y asistido del Letrado don Gerardo Gallego Pérez; y, apelada-demandada: DOÑA Sagrario

, representada por la Procuradora doña Gisela Álvarez Vázquez, asistida de la Letrada doña Clara Beiro Calvo, y con la intervención del MINISTERIO FISCAL.

Ha sido Ponente el Iltmo. Magistrado DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 12 de Vigo, con fecha 5 de octubre de 2009, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

" Que desestimando como desestimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Cobas González, en nombre y representación de D. Victoriano, frente a Dª Sagrario, representada por la Procuradora Sra. Álvarez Vázquez, debo absolver y absuelvo, en el fondo del asunto, a la demandada de las pretensiones en su contra deducidas en este pleito, cuyas costas se imponen al promovente."

Segundo

Contra dicha Sentencia, por la Procuradora doña María Dolores Cobas González, en nombre y representación de don Victoriano, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria y el Ministerio Fiscal

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sede Vigo, formándose el correspondiente rollo en el que se acordó no haber lugar a la unión de los documentos presentados por la parte apelante y proceder a su desglose, y señalándose, por su turno, para la deliberación del presente recurso el día veintiuno del presente mes de mayo.

Tercero

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La sentencia de fecha 13 de noviembre de 2008, dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 25 de Madrid, en procedimiento sobre relaciones paterno filiales de mutuo acuerdo, seguido en el mismo bajo el núm. 942/2008, aprobaba el Convenio Regulador aportado por D. Victoriano y Dª Sagrario, en el que, entre otros extremos y por lo que aquí interesa, se establecía que el padre contribuiría al levantamiento de las cargas familiares, en concepto de alimentos a favor de sus dos hijas, en la cantidad de 600 euros mensuales, a razón de 300 euros mensuales por cada hija.

En el presente procedimiento, de modificación de medidas, se insta por el progenitor obligado al pago de la pensión alimenticia, de modo principal, la supresión de la misma y, subsidiariamente, la disminución de la pensión a 100 euros mensuales por cada una de las hijas.

La alteración de circunstancias, como presupuesto básico de la pretensión de modificación, se...

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