SAP Tarragona 45/2010, 4 de Febrero de 2010

PonenteJOSE MANUEL SANCHEZ SISCART
ECLIES:APT:2010:192
Número de Recurso32/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución45/2010
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo nº 32/2009

Procedimiento Abreviado 28/2008

Juzgado de Instrucción nº 3 de El Vendrell

S E N T E N C I A NÚM.: 45/2010

Tribunal:

D. José Manuel Sánchez Siscart (Presidente)

Dª María Angeles García Medina

D. Angel Martínez Sáez

En Tarragona, a cuatro de febrero de dos mil diez

Se ha sustanciado ante esta Audiencia el Juicio Oral dimanante del Rollo número 32/2009 procedente del Juzgado de Instrucción número 3 de El Vendrell, seguido por un delito contra la salud pública, contra Justo, con DNI NUM000, nacido el 30 de marzo de 1951 en Barcelona, hijo de Cefelino y de Margarita, asistido por la Letrada Sra. Berta del Castillo Jurado y representado por la Procuradora Sra. Ferrer Martinez, siendo parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido Ponente el Magistrado D. José Manuel Sánchez Siscart

ANTECEDENTES PROCESALES

ÚNICO.- Al inicio del acto del juicio oral y al amparo de lo dispuesto en el artículo 787 de la LECRm, las partes presentaron, de consuno, escrito de conformidad en el que solicitaban la condena del acusado Sr. Justo como autor de un delito contra la salud pública previsto y penado en el artículo 368 CP .

Recabado por el Tribunal, previa información de las consecuencias de la conformidad, el consentimiento del inculpado, éste manifestó estar de acuerdo con los términos de la conformidad interesada, la defensa no estimó necesaria la celebración del juicio, pronunciándose a continuación el fallo in voce al cual se aquietaron todas las partes, declarándose firme el mismo.

A continuación la defensa interesó la suspensión de la pena impuesta, no oponiéndose el Ministerio Fiscal, acordándo el Tribunal en el mismo acto su concesión, con un periodo de garantía de 3 años y con obligación de seguir un programa de deshabituación, aquietándose las partes con dicha decisión, requiriéndose en este mismo momento al condenado al cumplimiento de lo acordado. HECHOS PROBADOS

PRIMERA

El acusado Justo, mayor de edad y sin antecedentes penales, el día 4 de diciembre de 2007, siendo aproximadamente las 22:00 horas, con el fin de proceder a la distribución a terceros de sustancias estupefacientes, fue sorprendido en el bar Llobregat, de su propiedad, sito en la C/ Llobregat nº 3 de El Vendrell, en el que se encontraron detrás de un azulejo de la cocina del bar, cuatro bolsitas de plástico y tres envoltorios de papel de aluminio, que debidamente analizadas resultaron contener 28,27 gramos de cocaína con una riqueza del 24,4 %, que en el mercado ilícito hubiera...

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