AAP Girona 89/2009, 2 de Abril de 2009
Ponente | MARIA ISABEL SOLER NAVARRO |
ECLI | ES:APGI:2009:283A |
Número de Recurso | 158/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 89/2009 |
Fecha de Resolución | 2 de Abril de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION PRIMERA
GIRONA
APELACION CIVIL.
Rollo nº: 158/2009
Autos: divorcio contencioso (art.770-773 lec nº : 17/2008
Juzgado Primera Instancia 4 Blanes
AUTO Nº 89/09
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Fernando Lacaba Sánchez
MAGISTRADOS
Doña Isabel Soler Navarro
Don Fernando Ferrero Hidalgo
En Girona, dos de abril de dos mil nueve
VISTO, ante esta Sala el Rollo nº 158/2009, de Cuestión de Competencia, en el que ha sido parte el Mnisterio Fiscal,
Por el Juzgado Primera Instancia 4 Blanes, en los autos nº 17/2008, seguidos a instancias de D. Fermín, representado por la Procuradora D. DOLORS SOLER RIERA y bajo la dirección del Letrado D. MANUEL SIRIA GARCÍA, contra Dª. Amparo, representada por el Procurador D. FERRAN JANSSEN CASAS, bajo la dirección de la Letrada D. CARMEN CALVO LÓPEZ, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, se dictó auto cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "Declaro la falta de competencia objetiva de este órgano jurisdiccional para conocer de los presentes autos de Juicio Verbal especial sobre divorcio contencioso registrados bajo el nº 17/08. Remítanse los presentes autos al Juzgado especializado de Violencia sobre la Mujer de este partido judicial, debiendo las partes personadas comparecer ante el órgano que se ha declarado competente. No se efectúa expresa imposición de costas.".
El relacionado auto de fecha 02.03.09, se recurrió en apelación por la parte, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Isabel Soler Navarro .
Se plantea a la Sala como cuestión negativa de competencia, la que se entabla entre los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción núm 4 de Blanes, que se declaró incompetente para el conocimiento del procedimiento de divorcio contencioso mediante auto de fecha 04-09-08 y planteó la cuestión de competencia negativa por auto de fecha 02-03-2009 y el Juzgado de Violencia de la misma población, que se declara igualmente incompetente, por providencia de fecha 04-02-2009, planteándose la cuestión de competencia por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm 4 .
La cuestión de competencia planteada debe ser resuelta a favor del Juzgado de Violencia que es el que resulta competente para conocer del proceso de divorcio instado por D Fermín contra D. Amparo y con intervención del MF, y ello en base a las consideraciones y razonamientos recogidos por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción en el referido auto de fecha dos de marzo de 2009 y las que se señalarán en esta resolución .
Efectivamente, la demanda de divorcio fue repartida al Juzgado núm 4 en fecha 11 de enero de 2008
.En la contestación a la demanda, la demandada pone en conocimiento del Juzgado la existencia de una denuncia por coacciones en el ámbito familiar contra el actor . Dicha demanda correspondió por turno de guardia al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm 1 de Blanes, el cual por auto de fecha 16 de mayo de 2007 se inhibió a favor del Juzgado de Violencia sobre la mujer de dicho partido Judicial .El cual acepto la competencia por auto de fecha 25 de octubre de 2007 . Dicho Juzgado dictó auto en fecha 19 de febrero de 2008 acordando el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones, auto que fue recurrido y no constaba a la fecha de la inhibición que dicho recurso hubiera sido...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Guipúzcoa 80/2018, 31 de Mayo de 2018
...general el art.411 LEC, sin que esté prevista en la ley la pérdida de competencia sobrevenida (en este sentido, entre otros, AAP DE Girona de 2 de abril de 2009, AAP de Valencia de 4 de octubre de 2009, AAP de 18 de diciembre de 2009 y AAP de Cádiz de 31 de mayo de En este sentido, el auto ......
-
ATS, 30 de Junio de 2009
...preparados. HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Jesus Corbal Fernandez FUNDAMENTOS DE DERECHO - En el Auto de la Audiencia Provincial de Gerona (Sección 1ª) de 2 de Abril de 2009, denegatorio de la preparación de los recursos de casación y por infracción procesal, objeto del presente rec......
-
AAP Granada 19/2018, 16 de Febrero de 2018
...de la AP Madrid, Sección 22, de 6 de Marzo de 2.006 (AC 2006, 351) y Circular de la Fiscalia General del Estado 4/2005 y Auto A.P de Gerona Sección 1ª de 2-4-2009 ). Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación este D I S P O N E Resolver el conflicto de competencia......
-
AAP Granada 77/2017, 26 de Mayo de 2017
...de la AP Madrid, Sección 22, de 6 de Marzo de 2.006 (AC 2006, 351) y Circular de la Fiscalia General del Estado 4/2005 y Auto A.P de Gerona Sección 1ª de 2-4-2009 ). Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación este D I S P O N E Resolver el conflicto de competencia......