SAP Barcelona 257/2011, 10 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución257/2011
Fecha10 Mayo 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Duodécima

ROLLO Nº 13/2010-B

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 18 BARCELONA

MODIF.MEDIDAS CON RELACIÓN HIJOS (CONTENCIOSO) NÚM. 161/2009

S E N T E N C I A Nº 257/11

Ilmos. Sres.

DON JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON

DON PASCUAL MARTIN VILLA

DON JOAQUIN BAYO DELGADO

En la ciudad de Barcelona, a diez de mayo de dos mil once.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Duodécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modif.medidas con relación hijos (contencioso), número 161/2009 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 18 Barcelona, a instancia de D. Vicente , representado por el procurador D. RICARD SIMO PASCUAL y dirigido por el letrado D. AUGUST NÓBREGAS GÓMEZ, contra Dª. Candelaria , representada por la procuradora Dª. Mª JOSE BLANCHAR GARCIA y dirigida por la letrada Dª. MARISOL LUQUE; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 3 de septiembre de 2009, por el Juez del expresado Juzgado. Habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que con estimación parcial de la demanda formulada por D. Vicente contra DÑA. Candelaria acuerdo MODIFICAR el régimen de visitas establecido en la sentencia de fecha 6 de noviembre de 2006 dictada por este juzgado respecto a la hija común de los litigantes acordando para el desarrollo de la relación paterno filial y en defecto de acuerdo entre los progenitores el siguiente régimen de estancias: -fines de semana alternos desde el viernes desde la salida del colegio hasta el domingo a las 20 horas. Todos los miércoles desde la salida del colegio hasta el jueves por la mañana que el padre devolverá a la menor en el colegio a la hora de entrada de las clases. Vacaciones de semana Santa se fijan dos periodos :El primero desde la salida del colegio hasta el jueves santo a las 20 horas y el segundo desde este día y hora hasta las 20 horas del ultimo día vacacional escolar. En años impares le corresponderá a la madre el disfrute del primer periodo y al padre el segundo y a la inversa en años pares. Vacaciones de Navidad. Se fijan dos periodos, el primero desde la salida del colegio hasta las 20 horas del día 31 de diciembre y el segundo desde este día y hora hasta las 20 horas del último día vacacional. En años impares le corresponderá a la madre el disfrute del primer periodo y al padre el segundo y a la inversa en años pares. Vacaciones de verano Se disfrutarán por mitad los meses de julio y agosto y por quincenas. En años impares le corresponderá a la madre las primeras quincenas de ambos meses y al padre las segundas y a la inversa en años pares. El resto del periodo vacacional regirá lo dispuesto para fines de semana y día intersemanal .Todo ello sin hacer expresa imposición de costas."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial. Por la representación de la parte se solicitó el recibimiento del pleito a prueba con el resultado que obra en el rollo.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 4 de mayo de 2011.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN BAYO DELGADO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en cuanto no difieran de lo que sigue.

Primero

La sentencia de primera instancia, cuya parte dispositiva ha sido trascrita, es apelada por la demandada, que, basándose en una diferente valoración de la prueba, insiste en su pretensión de suspensión del régimen de relación del demandante con la hija menor común, de ocho años, o subsidiariamente que se mantenga el...

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