SAP Santa Cruz de Tenerife 362/2007, 20 de Julio de 2007

PonenteMARIA DEL CARMEN PADILLA MARQUEZ
ECLIES:APTF:2007:1729
Número de Recurso387/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución362/2007
Fecha de Resolución20 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 362/2007

Iltmos. Sres.

Presidente:

Dª. Pilar Muriel Fernández Pacheco

Magistrados:

Dª. Carmen Padilla Márquez (Ponente)

Dª. María Luisa Santos Sánchez

En Santa Cruz de Tenerife, a veinte de julio de dos mil siete.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por ambas partes, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Los Llanos de Aridane, en autos de Menor Cuantía nº 155/1998, seguidos a instancias de la Procuradora Dª. Ana María Fernández Riverol bajo la dirección del Letrado D. Pedro Vega Regueiro en nombre y representación de D. Juan Ignacio, contra la entidad Sociedad Agraria de Transformación número 5.494 denominada Idafe, representada por el Procurador D. Dionisio Castro Pérez, bajo la dirección del Letrado D. Francisco Lugo Henriquez; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Carmen Padilla Márquez Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha veintidos de enero de dos mil siete, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "Se estima parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Fernández Riverol, actuando en nombre y representación de don Juan Ignacio contra la Sociedad Agraria de Transformación nº 5494 denominada IDAFE (S.A.T. IDAFE), en su representación el procurador de los tribunales Sr. Castro Pérez; y, en su consecuencia, se condena a la Sociedad Agraria de Transformación nº 5494 denominada IDAFE (S.A.T. IDAFE) a abonar a don Juan Ignacio el importe de quinientas mil pesetas, hoy tres mil cinco euros con seis céntimos de euros (3005,06€), sin expresa condena en costas.

Se desestima la demanda reconvencional formulada por el Procurador Sr. Castro Pérez, actuando en nombre y representación de la Sociedad Agraria de Transformación nº 5494 denominada IDAFE (S.A.T. IDAFE) contra don Juan Ignacio, representado por la procuradora Sra. Fernández Riverol y, en su consecuencia, se absuelve a don Juan Ignacio de todos los pedimentos deducidos en su contra, con condena en costas de la Sociedad Agraria de Transformación nº 5494 denominada IDAFE (S.A.T. IDAFE).".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por las representaciones de ambas partes; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposición cada parte al recurso de la contraria, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Carmen Padilla Márquez; personándose oportunamente la apelante-demandada por medio del Procurador D. Miguel Rodríguez Berriel, bajo la dirección del Letrado D. Francisco Lugo Henriquez, la parte apelante- demandante se personó por medio de la Procuradora Dª. Dulce María Cabeza Delgado, bajo la dirección del Letrado D. Pedro Vega Regueiro; quedando las actuaciones a disposición de la Ponente para resolver sobre la prueba propuesta por la parte apelante-demandante, que le fué denegada, señalándose para votación y fallo el día dieciseis de julio del corriente año.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

En la demanda el actor, D. Juan Ignacio, quien fue socio y presidente de la entidad demandada, la Sociedad Agraria de Transformación 5494, denominada Idafe, solicita que, por parte de ésta, se de cumplimiento a las obligaciones derivadas de la aceptación de la baja voluntaria de aquel, conforme a lo establecido en el artículo 6 de los Estatutos de la Sociedad, y concretamente a efectuar la liquidación del haber del socio teniendo en cuenta la aportación desembolsada por el mismo y el balance del ejercicio en que se produzca la baja realizado con arreglo a criterios reales, instando la condena de la demandada al pago de la cantidad que a su favor quedara determinada, tras la liquidación, en la ejecución de sentencia.

La demandada en su contestación reconoció su obligación si bien mantuvo que en la liquidación habría, conforme al artículo 6 invocado por el actor, que introducir las...

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