SAP Huesca 4/2011, 7 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4/2011
Fecha07 Enero 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

HUESCA

SENTENCIA: 00004/2011

  1. Civil 363/2010 S070111.1U

Sentencia Apelación Civil Número 4

En Huesca, a siete de enero de dos mil once.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca, constituida en esta ocasión por el Magistrado Antonio Angós Ullate, ha visto el recurso de apelación planteado en los autos de juicio verbal número 203/2010 seguidos ante el Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Huesca, sobre acción declarativa de dominio. Leonardo los promovió, como demandante, dirigido por la letrado Julia Jara Clemente y representado por la procurador Esther del Amo Lacambra, contra Mauricio, como demandado, defendido por el letrado Javier Ángel Biarge Bitria y representado por la procurador María Ángel Pisa Torner. Se hallan pendientes ante este Tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 363 del año 2010, e interpuesto por el demandante, Leonardo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Doy por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.

SEGUNDO

El Magistrado Juez del indicado Juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 14 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO / Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Del Amo Lacambra en nombre y representación de D. Leonardo frente a D. Mauricio, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones frente a él ejercitadas en aquella. / Todo ello con condena en costas de las causadas a la parte actora, quien deberá abonar las causadas en esta instancia [...]".

TERCERO

Contra la anterior sentencia, el demandante, Leonardo, anunció recurso de apelación. El Juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la parte apelante por 20 días para que interpusiera el recurso, lo cual efectuó mediante la presentación del oportuno escrito, en cuya súplica interesó a esta Audiencia provincial lo siguiente: "[...] se estime íntegramente la demanda en todas las pretensiones incluidas en la súplica principal de la misma, que damos por reproducida, incluyendo la condena en costas de la instancia al demandado, y sin imposición de costas de la presente apelación". A continuación, el Juzgado dio traslado a las otras partes para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serles desfavorable. En esa fase, el demandado, Mauricio, se opuso al recurso. Seguidamente, el Juzgado, tras emplazar a las partes por término de treinta días, remitió los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 363/2010. No habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó que el asunto quedara pendiente de resolución por el Magistrado designado a tal efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor sigue manteniendo en su recurso la acción declarativa de dominio sobre las dos parcelas objeto de la demanda: la catastral NUM000 en su integridad (número NUM001 ) y una parte (en concreto, 32'14 m2) de la también parcela catastral número NUM002 .

SEGUNDO

Con relación a la primera parcela, de la documentación unida a las actuaciones -principalmente, la procedente de la Oficina del Catastro- se desprende indudablemente -frente a lo mantenido en la sentencia apelada- que la actual parcela catastral NUM000 formaba parte de la también catastral NUM003 del polígono NUM004 de Blecua. Esta parcela NUM003 aparece integrada, junto con otras catastrales ( NUM005, NUM006 -del mismo polígono NUM004 - y NUM007 del polígono NUM008 ), en la finca registral NUM000 (coincide casualmente su número con el de la actual catastral NUM000 ), al menos desde la inscripción registral 20.ª practicada en 1976 (folio 31). Precisamente, dicha finca registral NUM000 es propiedad del actor. No podemos decir que los demás datos registrales, como los linderos, favorezcan la tesis del ahora apelante, máxime teniendo en cuenta la importante extensión de la finca, que hace que los límites puedan ser correctos en algunos puntos pero insuficientes para demostrar la exacta ubicación de todo su contorno, como resulta de los planos unidos a las actuaciones.

No fue sino en el año 2007 cuando el demandado instó y obtuvo la creación de la nueva parcela catastral NUM000 sobre una porción segregada de la catastral NUM003 . Para demostrar su propiedad amparada en títulos escritos, hace referencia a las fincas situadas en los números de policía NUM009 y NUM008 de la CALLE000 de Blecua, con una superficie de 136 y 125 metros cuadrados, respectivamente -siempre según la parte-, y...

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