SAP Pontevedra 327/2011, 8 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución327/2011
Fecha08 Septiembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00327/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de PONTEVEDRA

1280A0

/ROSALÍA DE CASTRO NÚM. 5-2-IZQ. (PONTEVEDRA)

2253CB7C

Tfno.: 986805127/28/29/30 Fax: 986805123

N.I.G. 36006 41 1 2010 0000675

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000232 /2011

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CAMBADOS

Procedimiento de origen: MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 0000146 /2010

Apelante: Donato

Procurador: MARIA DEL AMOR ANGULO GASCON

Abogado: ENRIQUE DE LA TORRE RODRIGUEZ

Apelado: Mariana

Procurador: FERNANDO GUILLAN PEDREIRA

Abogado: ESTEFANIA AVE PRIETO

S E N T E N C I A N U M: 327/2011

SEÑORES DEL TRIBUNAL

ILUSTRISIMOS SRES

PRESIDENTE

D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES.

MAGISTRADOS

D. JAIME ESAIN MANRESA

D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.

En la ciudad de PONTEVEDRA, a ocho de Septiembre de 2011.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 0000146 /2010, seguidos en el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CAMBADOS, RECURSO DE APELACION (LECN) 0000232 /2011 ; seguidos entre partes, de una como recurrentes D. Donato, representado por la Procuradora Dª MARIA DEL AMOR ANGULO GASCON, dirigido por el Letrado D. ENRIQUE DE LA TORRE RODRIGUEZ; Dª. Mariana, representada por el Procurador D FERNANDO GUILLAN PEDREIRA y dirigido por la Letrado Dª ESTEFANIA AVE PRIETO. Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CAMBADOS, se dictó sentencia de fecha 10 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Raquel Santos García, en nombre y representación de D. Donato, contra Dª Mariana representada por el Procurador Fernando Guillén Pedreira, y desestimando íntegramente la demanda reconvencional interpuesta por el Procurador D. Fernando Guillen Pedreira en nombre y representación de Dña Mariana, contra D. Donato representado por la Procuradora Raquel Santos García: Se mantienen las medidas acordadas en el Convenio Regulador de fecha 6 de febrero de 2006 aprobado por Sentencia de Divorcio de 4 de mayo de 2006 dictada por este Juzgado en los autos nº 672/2005 con excepción de la cantidad en concepto de alimentos a favor de los tres hijos del matrimonio que fija en 1.500 (mil quinientos euros) euros a pagar por mitad y partes iguales por ambos progenitores en la cuenta que al efecto se designe con detalle de concepto e importe los cinco primeros días de cada mes, actualizándose anualmente de conformidad con la variación porcentual experimentada por el IPC el primer mes del año sin necesidad de requerimiento previo y en la siguiente proporción: Mar, 300 euros (trescientos euros), Candelaria 600 euros (seiscientos euros), Jaime 600 euros (seiscientos euros). No procede un especial pronunciamiento en costas.".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna la resolución de la instancia por una y otra parte sosteniendo inicialmente la apelación la representación del Sr. Donato al objeto de obtener la atribución al mismo del uso de la vivienda familiar con sus hijos y luego, sucesivamente, por la representación de la Sra. Mariana buscando la...

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