SAP Valencia 526/2011, 12 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Julio 2011
Número de resolución526/2011

Sª penal . Secc. 2ª A. P. Valencia

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

VALENCIA

Rº Apelación nº 179 /2011.

Juicio Faltas nº 397/2008

Jdo. Instr. nº 3 de Torrent (ant. Mixto 6).

SENTENCIA NÚMERO 526/2011

En Valencia a 12 de julio de 2011 .

D. JOSÉ MANUEL ORTEGA LORENTE, Magistrado titular de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, constituido en Tribunal Unipersonal, ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio de Faltas, procedentes del Juzgado de Instrucción número 3 de Torrent (ant. Mixto 6), registrados en el mismo con el número 397/2008, correspondiéndose con el rollo número 179 /2011.

Han intervenido en el recurso, en calidad de apelante Rubén, asistido de la Letrada Dª. María Lillo García; y en calidad de apelados Luis Pedro y Línea Directa, asistidos del Letrado D. Pascual del Portillo Alcántara y representados por la Procuradora Dª Belén Alcón Espinosa.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, de fecha 27 de septiembre de 2010, declaró probados los hechos siguientes: " ÚNICO .- Que ha resultado probado y así se declara que el día 25 de enero del año 2.008 cuando don Rubén salió de trabajar sobre las 13:30 horas, y circulaba con su motocicleta Honda VT con placa de matrícula .... WZH por un carril de aceleración sito en el polígono de "La mina" de Paiporta, don Luis Pedro sin percatarse de su presencia se introdujo en el mencionado carril en el momento en que precisamente pasaba el Sr. Rubén provocando la caída de su moto, que derivó en las lesiones que describe la médico forense doña Sagrario, en el informe de sanidad de fecha 10 de marzo del año 2009 que obra en esta causa unido y a la vista de la documentación médica que le fue aportada por el denunciante.".

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Luis Pedro, como autor de la falta antes descrita a la pena de multa de 15 días de duración a razón de 3 euros diarios, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, que procederá en caso de impago y previa exacción de sus bienes, en régimen de localización permanente y a que indemnice con la responsabilidad civil directa de la compañía de seguros Línea Directa Aseguradora S.A. a Don Rubén en la cantidad de SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS EUROS CON OCHO CENTIMOS DE EURO (7.826'08 euros), todo ello más el interés legal correspondiente que para la compañía aseguradora Línea Directa Aseguradora S.A., será el establecido en el artículo 20 de la L.C.S ., y ello, con expresa condena en costas del denunciado.". TERCERO.- Notificada dicha sentencia a las partes, la defensa del denunciado interpuso contra la misma recurso de apelación ante el Órgano Judicial que la dictó. En dicho recurso, la parte apelante alegó que la sentencia había incurrido en el error en la valoración de la prueba.

Formalizado el recurso ante el Juzgado de Instrucción, dio éste traslado a las demás partes por un plazo común de diez días. Dentro de dicho plazo, la asistencia letrada de Luis Pedro y Línea Directa solicitó la confirmación de la sentencia recurrida.

Seguidamente, fueron elevados los autos originales a esta Audiencia Provincial con todos los escritos presentados y recibidos los mismos fueron repartidos por los servicios comunes al Magistrado que suscribe y, remitido el asunto a la Secretaria de la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo en fecha 13 de junio de 2011.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan en su integridad los hechos probados de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente discrepa de la valoración que contiene la sentencia de la prueba pericial practicada, así como de los documentos aportados. Consecuencia de dicha valoración es la determinación de un periodo de estabilización lesional inferior al concretado en el informe médico-forense y la exclusión, como secuela, de la incapacidad permanente total.

El fundamento de la sentencia para reducir el periodo de curación de las lesiones al contenido en el informe de la médico de la...

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