SAP Madrid 63/2011, 8 de Marzo de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 63/2011 |
Fecha | 08 Marzo 2011 |
Juicio de Faltas nº 151/10
Juzgado de Instrucción nº 28 de Madrid
Rollo de Sala nº 301/10
MARIO PESTANA PÉREZ
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU MAJESTAD EL REY la
siguiente:
S E N T E N C I A Nº 63/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID /
SECCIÓN CUARTA /
PONENTE /
D. MARIO PESTANA PÉREZ /
_____________________________________/
En Madrid, a ocho de marzo de dos mil once.
Visto en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen señalado, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 15 de febrero de 2010 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 28 de Madrid, en el Juicio de Faltas nº 151/10; habiendo sido partes, de un lado y como apelante, D. Pedro Francisco ; y de otro como apelados el Ministerio Fiscal y la sociedad titular del establecimiento comercial Hipercor Vista Alegre.
Por medio de escrito presentado el día 9 de marzo de 2010, Pedro Francisco ha formulado
recurso de apelación contra la sentencia de fecha 15 de febrero de 2010 del Juzgado de Instrucción nº 28 de Madrid .
La resolución apelada condena a Pedro Francisco como autor responsable de una falta de hurto tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal, a una pena de multa de 30 días, a razón de 2 # de cuota diaria, y abono de las costas.
II.-HECHOS PROBADOS
Se aceptan los contenidos en la sentencia apelada, cuyo tenor es el siguiente: " Sobre las 13,35 horas del día 27 de noviembre de 2009, Pedro Francisco se introdujo en el establecimiento comercial Hipercor sito en la Avda. Plaza de Toros s/n de Madrid y cogió de su interior tres dvd#s con un precio de venta al público total de 125,85 euros, habiendo atravesado la línea de caja sin abonar su importe. Los referidos objetos fueron recuperados con posterioridad".
El recurrente pide la nulidad de la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción y alega
que se hallaba ingresado en prisión cuando le fue notificada dicha sentencia en su domicilio de Burgos el día 21 de febrero de 2010, así como cuando se celebró el juicio, el día 15 de dicho mes; pide expresamente que le sean reconocidos los derechos de citación y de notificación en su persona.
El Ministerio Fiscal impugna el recurso e interesa la confirmación de la sentencia apelada por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba