SAP Madrid 57/2011, 28 de Febrero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 57/2011 |
Fecha | 28 Febrero 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SÉPTIMA
ROLLO Nº 14/2011-RJProced. de Origen : JUICIO DE FALTAS Nº 398/2010
Órgano de Procedencia : JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 de Parla
SENTENCIA Nº 57/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL
Ilma. Sra. Magistrada de la Sección 7ª
Doña Ángela Acevedo Frías
En Madrid a veintiocho de febrero de 2011
La Ilma. Sra. Magistrada de la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial Doña Ángela Acevedo Frías, actuando como Tribunal unipersonal de acuerdo con lo previsto en el artículo 82-2º párrafo 2º de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia el presente juicio de faltas seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 6 de Parla en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Letrada María Teresa Gómez Conde, en representación de Carolina, contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del expresado Juzgado, habiendo sido partes en el presente recurso el Ministerio Fiscal y el apelante.
Por el Juzgado antes citado en el juicio de faltas a que este rollo se refiere se dictó sentencia con fecha diez de noviembre de 2010 en la que se establecen como hechos probados que: "(...) el día 15 de octubre de 2010 sobre las 18:30 horas, en la Calle Carlos I de la localidad de Pinto (Madrid), se produjo un incidente entre las denunciantes-denunciadas, vecinas enemistadas desde hace unos meses, y entre las cuales existían denuncias previas, que se inició con una discusión entre las mismas, en el curso de la cual y a medida que aumentaba la agresividad por ambas partes Carolina insultó a Joaquina llamándola "hija de puta" y Joaquina amenazó a Carolina diciéndole que "se iba a enterar" y que "tuviera cuidado y se cubriera las espaldas", finalizando en una pelea entre ambas, en la que también tuvieron intervención los hijos de ambas menores de edad, a resultas de la cual Joaquina resultó agredida por Carolina, quién la arañó y la golpeó en el brazo, causándole lesiones consistentes en 2 excoriaciones en región inferior del ángulo interno del ojo izquierdo, hematoma en cara posterior del codo izquierdo y crisis nerviosa, precisando para su curación cinco días no impeditivos sanando sin secuelas según informe forense obrante en las actuaciones, mientras que Joaquina cogió del cuello a Carolina y el hijo de ésta le propinó una patada."
El fallo o parte dispositiva de la sentencia recurrida es del tenor literal siguiente: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Carolina como autora de una FALTA DE LESIONES del artículo 617.1 del Código Penal a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de cuatro euros con la responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago del artículo 53 del Código Penal que podrá cumplirse mediante localización permanente, así como que indemnice a Joaquina en la cantidad de 250 euros por las lesiones sufridas, e igualmente como autora de una FALTA DE INJURIAS del artículo 620.2 del Código Penal a la pena de 10 días de multa con una cuota diaria de cuatro euros que podrá cumplirse mediante localización permanente con la responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago del artículo 53 del Código Penal, y al pago de las costas procesales si procediere.
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Joaquina como autora de una FALTA DE MALTRATO del artículo 617.2 del Código Penal a la pena de 10 días de multa con una cuota diaria de cuatro euros con la responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago del artículo 53 del Código Penal que podrá cumplirse mediante localización permanente, así como autora de una FALTA DE AMENAZAS del artículo 620.2 del Código Penal a la pena de 10 días de multa con una...
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