SAP Albacete 52/2011, 17 de Febrero de 2011

PonenteJUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACION
ECLIES:APAB:2011:150
Número de Recurso437/2010
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución52/2011
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ALBACETE

SENTENCIA: 00052/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de ALBACETE

Domicilio: -Telf: C/ SAN AGUSTIN Nº 1 ALBACETE

Fax: 967596539 967596538

Modelo: 967596588

N.I.G.: 213050

ROLLO: 02003 37 2 2010 0201060

Juzgado procedencia: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000437 /2010 Procedimiento de origen: JDO. DE LO PENAL N. 2 de ALBACETE RECURRENTE: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000122 /2009 Procurador/a: Pedro Antonio .

Letrado/a: RAFAEL ROMERO TENDERO

RECURRIDO/A:

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA Nº 52/11

NOMBRE DE S. M. EL REY

Ilmos. Sres.

Presidente:

Dª. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA

Magistrados:

Dª. MARIA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE

D. JUAN MANUEL SÁNCHEZ PURIFICACIÓN

En ALBACETE, a diecisiete de Febrero de dos mil once.

VISTOS ante esta Audiencia Provincial en grado de apelación los autos nº 122/09 seguidos ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, sobre CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL, siendo apelante en esta instancia Pedro Antonio, representado por el Procurador D. REFAEL ROMERO TENDERO, con intervención del Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN MANUEL SÁNCHEZ PURIFICACIÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el citado Juzgado se dictó Sentencia de fecha 14 de Mayo de 2010, cuyos Hechos Probados dicen: "Primero.- Se considera probado y así se declara que sobre las 21 horas del día 9 de Enero de 2008, el acusado Pedro Antonio, mayor de edad y sin antecedentes penales, sin residencia legal en España, actuando con ánimo de obtener un ilícito beneficio económico, y en perjuicio de los legítimos titulares de los derechos de propiedad intelectual, y sin su autorización, se encontraba en la Calle Octavio Cuartero de Albacete, ofreciendo a los viandantes a cambio de dinero, 51 DVDs y 92 CDs a sabiendas de que los mismos y sus carátulas eran copia de los originales.

La SGAE y ADIVAN reclaman la indemnización que pudiera corresponderles por los perjuicios sufridos a consecuencia de estos hechos, cuyo valor ha sido pericialmente tasado en 102,12 y 273,24 Euros, respectívamente."

SEGUNDO

Por el citado Juzgado se dictó la referida Sentencia, cuya parte dispositiva dice así: FALLO: "Que debo condenar y condeno a Pedro Antonio como autor responsable de un delito contra la propiedad intelectual del artículo 270.1 del Código Penal a la pena de seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y la pena de multa de doce meses con una cuota diaria de tres euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 180 días, así como el pago de la mitad de las costas por el delito. Y que en el orden civil indemnice a la SGAE en 102,12 Euros, y a ADIVAN en 273,24 Euros.

La pena de prisión impuesta se sustituye por la expulsión del territorio nacional, no pudiendo volver a España en un plazo de diez años."

TERCERO

Interpuesto recurso de apelación por el/la procurador/a D./ª RAFAEL ROMERO TENDERO, en nombre y representación de Pedro Antonio, alega como motivos los expuestos en el escrito de apelación presentado ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, escrito que se da íntegramente por reproducido.

CUARTO

Tramitado el presente recurso de apelación, con arreglo a derecho, se celebró votación y fallo del mismo, el día 17 de Febrero de 2011.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los expresados en la Sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Apela la Defensa del Sr Pedro Antonio la condena a 6 meses de prisión y multa de 12 meses por 3 euros de cuota diaria impuesta por un delito contra la propiedad intelectual (art 270.1 del Código Penal ): alega error en la apreciación de las pruebas por...

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