SAP Albacete 52/2011, 17 de Febrero de 2011
Ponente | JUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACION |
ECLI | ES:APAB:2011:150 |
Número de Recurso | 437/2010 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 52/2011 |
Fecha de Resolución | 17 de Febrero de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ALBACETE
SENTENCIA: 00052/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de ALBACETE
Domicilio: -Telf: C/ SAN AGUSTIN Nº 1 ALBACETE
Fax: 967596539 967596538
Modelo: 967596588
N.I.G.: 213050
ROLLO: 02003 37 2 2010 0201060
Juzgado procedencia: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000437 /2010 Procedimiento de origen: JDO. DE LO PENAL N. 2 de ALBACETE RECURRENTE: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000122 /2009 Procurador/a: Pedro Antonio .
Letrado/a: RAFAEL ROMERO TENDERO
RECURRIDO/A:
Procurador/a:
Letrado/a:
SENTENCIA Nº 52/11
NOMBRE DE S. M. EL REY
Ilmos. Sres.
Presidente:
Dª. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA
Magistrados:
Dª. MARIA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE
D. JUAN MANUEL SÁNCHEZ PURIFICACIÓN
En ALBACETE, a diecisiete de Febrero de dos mil once.
VISTOS ante esta Audiencia Provincial en grado de apelación los autos nº 122/09 seguidos ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, sobre CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL, siendo apelante en esta instancia Pedro Antonio, representado por el Procurador D. REFAEL ROMERO TENDERO, con intervención del Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN MANUEL SÁNCHEZ PURIFICACIÓN.
Por el citado Juzgado se dictó Sentencia de fecha 14 de Mayo de 2010, cuyos Hechos Probados dicen: "Primero.- Se considera probado y así se declara que sobre las 21 horas del día 9 de Enero de 2008, el acusado Pedro Antonio, mayor de edad y sin antecedentes penales, sin residencia legal en España, actuando con ánimo de obtener un ilícito beneficio económico, y en perjuicio de los legítimos titulares de los derechos de propiedad intelectual, y sin su autorización, se encontraba en la Calle Octavio Cuartero de Albacete, ofreciendo a los viandantes a cambio de dinero, 51 DVDs y 92 CDs a sabiendas de que los mismos y sus carátulas eran copia de los originales.
La SGAE y ADIVAN reclaman la indemnización que pudiera corresponderles por los perjuicios sufridos a consecuencia de estos hechos, cuyo valor ha sido pericialmente tasado en 102,12 y 273,24 Euros, respectívamente."
Por el citado Juzgado se dictó la referida Sentencia, cuya parte dispositiva dice así: FALLO: "Que debo condenar y condeno a Pedro Antonio como autor responsable de un delito contra la propiedad intelectual del artículo 270.1 del Código Penal a la pena de seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y la pena de multa de doce meses con una cuota diaria de tres euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 180 días, así como el pago de la mitad de las costas por el delito. Y que en el orden civil indemnice a la SGAE en 102,12 Euros, y a ADIVAN en 273,24 Euros.
La pena de prisión impuesta se sustituye por la expulsión del territorio nacional, no pudiendo volver a España en un plazo de diez años."
Interpuesto recurso de apelación por el/la procurador/a D./ª RAFAEL ROMERO TENDERO, en nombre y representación de Pedro Antonio, alega como motivos los expuestos en el escrito de apelación presentado ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, escrito que se da íntegramente por reproducido.
Tramitado el presente recurso de apelación, con arreglo a derecho, se celebró votación y fallo del mismo, el día 17 de Febrero de 2011.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los expresados en la Sentencia apelada.
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- Apela la Defensa del Sr Pedro Antonio la condena a 6 meses de prisión y multa de 12 meses por 3 euros de cuota diaria impuesta por un delito contra la propiedad intelectual (art 270.1 del Código Penal ): alega error en la apreciación de las pruebas por...
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