SAP La Rioja 49/2012, 29 de Febrero de 2012

PonenteFERNANDO SOLSONA ABAD
ECLIES:APLO:2012:118
Número de Recurso38/2011
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución49/2012
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2012
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

SENTENCIA: 00049/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LOGROÑO

Sección nº 001

Rollo : 38 /2011

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCIÓN N.3 de LOGROÑO

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000171 /2010 SENTENCIA 49 DE 2012 ========================================================== ILMOS/AS SR./SRAS

Magistrados/as

Dª Mª DEL CARMEN ARAÚJO GARCÍA

D. RICARDO MORENO GARCÍA

D. FERNANDO SOLSONA ABAD

==========================================================

En la ciudad de LOGROÑO, a veintinueve de febrero de dos mil doce.

VISTA en juicio oral y público, ante esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 038 /2011, procedente de PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 171 /2010, del JDO. de INSTRUCCIÓN N. 3 de LOGROÑO y seguida por el trámite de PROCEDIMIENTO ABREVIADO, por el delito de MALVERSACIÓN DE BIENES EMBARGADOS, contra Frida, nacida el 31 de julio de 1963, con DNI NUM000, mayor de edad y sin antecedentes penales, y Ricardo, nacido el 2 de abril de 1960 con DNI NUM001, ambos administradores de la entidad RIOJA SUANCES SL, declarados insolventes, representados por la Procuradora Dª Gema Mues Magaña y defendidos por el Letrado D. Alejandro Gómez Rojo. Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, y como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. FERNANDO SOLSONA ABAD .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el presente procedimiento se ha seguido causa contra Frida y contra Ricardo en Procedimiento Abreviado nº 171/2010 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Logroño y elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previos los trámites legales, se formó rollo con el nº 38/11 y se designó ponente en la persona del Ilmo. Sr. FERNANDO SOLSONA ABAD procediéndose previos los trámites oportunos a señalar vista oral, que se celebró el día 27 de febrero de 2011, compareciendo quienes se relacionan en el acta levantada al efecto y se observa en la grabación audiovisual prevista al efecto.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones modificadas en el acto de la vista oral, calificó los hechos como constitutivos de un delito de UN DELITO DE ALZAMIENTO DE BIENES tipificado y penado en el Artículo 257 del Código Penal sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal del que eran autores los acusados Frida y Ricardo y solicitando para cada uno de los acusados la pena de un año de prisión accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante le tiempo de la condena, y multa de 12 meses con cuota diaria de cinco euros y pago de las costas procesales. Asimismo interesó que por vía de responsabilidad civil, los acusados indemnizasen a RECORD -RENT A CAR SA, en la cantidad que se acredite en ejecución de sentencia con aplicación de los intereses legales del Articulo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

TERCERO

En el acto del juicio oral ambos acusados mostraron su conformidad con la calificación de los hechos efectuada por el Ministerio Fiscal y con la pena solicitada, ratificándose en dicha conformidad por sus respectivos abogados, quienes no consideraron necesario la continuación del juicio.

CUARTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales. HECHOS PROBADOS

UNICO .- Es probado y así se declara por conformidad de los acusados que Frida, nacida el 31 de julio de 1963, con DNI NUM000, mayor de edad y sin antecedentes penales, y Ricardo, nacido el 2 de abril de 1960 con DNI NUM001, ambos administradores de la entidad RIOJA SUANCES SL, realizaron los siguientes hechos:

En el Juicio Cambiario seguido con el número 763/2003 por el Juzgado de Primera Instancia número Seis de Logroño (actual número Tres), a instancias de la entidad RECORD -RENT A CAR SA contra RIOJA SUANCES SL, se acordó el embargo de los bienes de la entidad Rioja Suances SL., en cuantía suficiente para cubrir las sumas por las que se había despachado ejecución 53.688,03 euros de principal, y 16.000 euros por costas e intereses.

En fecha 24 de junio de 2004 la Comisión Judicial, acudió a las dependencias de la entidad Rioja Suances SL sitas en la calle Maria Teresa Gil de Garate numero 66 bajo de la ciudad de Logroño, procediendo al embargo de los bienes que se encontraban en las dependencias, nombrando depositaría de los mismos a la acusada Frida :

1-Vehículo color negro BMW matricula .... LQT

2-vehículo BMW color azul con matrícula D ....-.... .

3-vehículo BMW de color gris con matricula ....-PBC

4-vehículo BMW de color azul con matricula YO-....-Y . 5-vehículo BMW de color azul matrícula FU-....- F .

6- vehículo Citroën Saxo de color granate con matricula N-....- MN 7- vehículo Ford de color verde oscuro con matricula ....XFF

8- vehículo Audi de color verde oscuro Sin matricular.

9- vehículo Mercedes de color gris .... MTK .

10- vehículo Volkswagen de color rojo con matricula .... PFC . 11- vehículo Peugeot de color blanco con matricula .... UX .

12- vehículo Peugeot de color gris con matricula FO-....-FP .

13- vehículo Fiat con matricula. ....-MKT .

14- vehículo Citroën de color blanco con matricula. WI-....-W

15- vehículo Renault 19 con matricula. I-.... GP

16 -vehículo Volvo de color gris con matricula. QA-....-Q

17- vehículo Kia de color verde con matricula WA-....-W

18- vehículo Ford Mondeo de color gris con matricula D-....-DV...

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