SAP Valladolid 72/2012, 21 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución72/2012
Fecha21 Febrero 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

VALLADOLID

SENTENCIA: 00072/2012

RECURSO DE APELACION (LECN) 407/2011

S E N T E N C I A Nº 72/2012

ILMO. SR. PRESIDENTE

  1. JOSE JAIME SANZ CID

    ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

  2. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

  3. ANGEL MUÑIZ DELGADO

    En Valladolid a, veintiuno de Febrero de dos mil doce.

    VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000071 /2010, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000407 /2011, en los que aparece como parte apelante, AGRUPACION DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Y PROPIETARIOS DE PARCELA000, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. BEATRIZ EMILIA GUTIERREZ CAMPO, asistido por el Letrado D. LUIS GARCIA RODRIGUEZ, y como parte apelada, DIRECCION002 NUM000 CP, representada por el Procurador Sr. IÑIGO BLANCO URZAIS y asistida del Letrado D. MANUEL MARCOS FRANCO, DIRECCION000 CP, representada por la Procuradora Dª CARMEN SANZ FERNANDEZ, y asistida del Letrado D. PEDRO DE DUEÑAS AYALA, CRS SA, representado por el Procurador D. ABELARDO MARTIN RUIZ y asistido por el Letrado D. MARCOS RODRIGUEZ MAYORAL,

  4. Anibal, representado por la PROCURADORA Dª AURORA PALOMERA RUIZ y asistido por el Letrado

  5. TOMAS HUSILLOS VINEGRA, DIRECCION001 CP, representado por el Procurador de los tribunales,

  6. DAVID GONZALEZ FORJAS y asistido por el Letrado TOMAS HUSILLOS VINEGRA, C. PROPIETARIOS DIRECCION002, representado por el Procurador D. IÑIGO BLANCO URZAIZ, y asistido del Letrado D. MANUEL MARCOS FRANCO, C. PROPIETARIOS DIRECCION003 representada por el Procurador D. IÑIGO BLANCO URZAIZ y asistido por el Letrado D. MANUEL MARCOS FRANCO, C.P. DIRECCION004 representada por el Procurador D. IÑIGO BLANCO URZAIZ y asistido por el Letrado D. MANUEL MARCOS FRANCO, C.P DIRECCION005 representada por el Procurador D. IÑIGO BLANCO URZAIZ y asistido por el Letrado D. MANUEL MARCOS FRANCO, C.P DIRECCION006,represntada por el Letrado D. IÑIGO BLANC URZAIZ y asistido por el Letrado D. MANUEL MARCOS FRANCO, y C.P. DIRECCION007 representado por el Procurador D. IÑIGO DE LOYOLA BLANCO URZAIZ, asistido por el Letrado D. MANUEL MARCOS FRANCO, y ASC 21 PROMOTORES SL, en rebeldía procesal en primera instancia, sobre reclamación de cantidad en base a la cuota de participación de las demandadas en la comunidad general, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de VALLADOLID, se dictó sentencia con fecha 10 de Mayo de 2011, en el procedimiento JUICIO ORDINARIO 71/2010 del que dimana este recurso. Se aceptan los antecedentes de Hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: " Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por AGRUPACIÓN DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DE PARCELA000 " contra Comunidad de Propietarios DIRECCION002 NUM000

- NUM000 - C. DIRECCION000 - C.R.S S.A - Anibal - C. DIRECCION001 - C. DIRECCION002, DIRECCION003 - C.P DIRECCION002 DIRECCION004 - C. DIRECCION002 DIRECCION005 - C. DIRECCION002 DIRECCION006 - C. DIRECCION002, DIRECCION007, y - ASC-21 PROMOTORES

S.L debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones deducidas contra ellas, con imposición de las costas procesales causadas a la parte actora ." Que ha sido recurrido por la representación procesal de AGRUPACION DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Y PROPIETARIOS DE PARCELA000, habiéndose opuesto la parte contraria.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día 25 de Enero de 2012, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la AGRUPACIÓN DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Y PROPIETARIOS DE APRCELAS INDEPENDIENTES DE PARCELA000 recurren en apelación la Sentencia de instancia que desestima, por falta de legitimación activa, su demanda en reclamación a los demandados de diversas cantidades que dicha agrupación ha abonado en su beneficio. Error judicial en el planteamiento de la excepción que aprecia de falta de legitimación activa, ya que con carácter principal la agrupación actora, no está reclamando como agrupación de comunidades constituida a tal efecto con los requisitos del artículo 24 de al L. Propiedad Horizontal, sino como conjunto de copropietarios agrupados bajo esta forma jurídica, que reclaman al resto las cantidades que ellos han abonado en su beneficio; error judicial en la valoración de la prueba practicada ya que las cantidades que se reclaman a cada uno de los codemandados están debidamente justificados tanto por las pruebas testificales practicadas como por los documentos acompañados a la demanda, y se corresponde con gastos que fueron oportunamente aprobados en las juntas celebradas a tal efecto y siendo gastos necesarios y que en todo caso se realizaron en favor del conjunto de la urbanización y en beneficio de todos los copropietarios habiéndose distribuido a cada uno en función de su cuota de participación sobre el conjunto de la urbanización. Pide por todo ello se dicte nueva sentencia que...

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