SAP Zaragoza 51/2012, 20 de Febrero de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 51/2012 |
Fecha | 20 Febrero 2012 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA
SECCIÓN SEXTA
ROLLO DE APELACIÓN (RP) Nº 320/2011
SENTENCIA Nº 51/2012
EN NOMBRE DE S. M. EL REY
ILMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ
MAGISTRADOS
D. CARLOS LASALA ALBASINI
D. ALFONSO BALLESTÍN MIGUEL
En la ciudad de Zaragoza, a veinte de Febrero del dos mil doce.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias del Procedimiento Abreviado nº 401/2010 procedente del Juzgado de lo Penal nº 6 de esta ciudad, Rollo nº 320 del 2011 seguido por delito de abandono de familia contra Jenaro cuyas circunstancias personales obran ya reseñadas en la sentencia apelada; hallándose representado por la Procuradora Dª Belén Obón Díaz y defendido por la Letrada Dª Lorena Arbués Ramos en cuya causa es parte acusadora el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública.
Ejercita la acusación particular como perjudicada Dª Nieves, representada por la procuradora Dª Gemma Laguna Broto y asistida por la Letrada Dª Pilar Español Bardají .
Es Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. CARLOS LASALA ALBASINI, quien expresa razonadamente la decisión del Tribunal.
En los citados autos recayó sentencia con fecha 18-10-2011, cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:
Que debo absolver y absuelvo de todo cargo a Jenaro con todos los pronunciamientos favorables, del delito objeto de acusación, y, en consecuencia, se declaran de oficio las costas procesales causadas.
La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica:
"Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta ciudad, se dictó sentencia con fecha 22 de mayo del 2008, en autos de divorcio 1030/2007 por la que se declaraba la disolución por divorcio del matrimonio formado por Jenaro y su esposa Nieves, estableciéndose entre otras medidas una pensión de alimentos con cargo a Jenaro a favor de los dos hijos del matrimonio menores de edad a razón de 350 euros mensuales para cada hijo y 300 euros para la mujer como pensión compensatoria, que se actualizarán conforme a las variaciones del IPC, publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y pagaderas dentro de los cinco primeros días de cada mes.
Sin embargo, Jenaro desde el mes de Mayo del 2009, hasta la fecha actual, no ha abonado las cantidades establecidas, excepto la de 200 euros mensuales que le fueron retenidas de la nómina por orden del Juzgado de Primera Instancia.
Desde principios del año 2009 Jenaro ya no trabaja de camionero, sino como taxista a media jornada percibiendo unos ingresos mensuales en torno a los 460 euros."
Hechos probados que como tales se aceptan.
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la representación de la acusadora particular Dª Nieves alegando en síntesis los motivos que se dirán y, admitido en ambos efectos, se dio traslado a las partes, solicitando el Ministerio Fiscal la confirmación de la sentencia, tras lo cual se elevaron las actuaciones a la Audiencia, formándose rollo, con designación de ponente y señalamiento para votación y fallo el día 14-2-2012.
La apelante Dª Nieves esgrime como único motivo para su recurso de apelación, su disconformidad con los hechos probados reseñados por la Juez "a quo", esto es esgrime la errónea valoración de las pruebas por parte de la juzgadora de la 1ª instancia.
El periodo de impago es el que comienza en el mes de Febrero del 2009 hasta Octubre del 2010 (fecha de la Acusaciones definitivas del Fiscal y de la Acusación particular).
Sostiene la parte apelante que el acusado Jenaro ha creado "dolosamente" su propia insolvencia para no pagar la pensión de alimentos para sus dos hijos y para...
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