SAP Baleares 136/2012, 30 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución136/2012
Fecha30 Marzo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00136/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL.- SECCION CUARTA

PALMA DE MALLORCA.

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000629 /2011

SENTENCIA Nº 136/12

ILMOS. SRS:

PRESIDENTE:

D. MIGUEL ANGEL AGUILO MONJO

MAGISTRADOS :

Dª MARIA DEL PILAR FERNANDEZ ALONSO

Dª JUANA MARIA GELABERT FERRAGUT

En Palma de Mallorca, a treinta de Marzo de dos mil doce.

VISTOS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de Modificación Medidas Definitivas Divorcio, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Palma, bajo el nº 16/2011, Rollo de Sala nº 629/2011, entre partes, de una como demandada- apelante doña Paula, representada por el Procurador Sra. Sampol Schenk, y de otra, como demandante- apelado don Jesús, representada por el Procurador Sra. Gayá Font, asistidas ambas de sus respectivos letrados, Sr. Vives Albertí y Sra. Vallés Bezares.

ES PONENTE el Ilmo. Sra. Magistrada Dña. MARIA DEL PILAR FERNANDEZ ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Palma, en fecha 4-10-2011, se dictó sentencia, cuyo fallo dice: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los tribunales Mª del Carmen Gaya en nombre y representación de D. Jesús contra Dª Paula debo acordar y acuerdo haber lugar a la modificación de las medidas acordadas en sentencia de divorcio en el sentido de declarar extinguida la pensión compensatoria en su día establecida a favor de la hoy demandada y con cargo al Sr. Jesús .

Sin hacer especial pronunciamiento en cuanto al pago de las costas de este juicio".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada y seguido el recurso por sus trámites y sin que ninguna de las partes interesare el recibimiento del pleito a prueba, se señaló para deliberación, votación y fallo por la Sala el día 28 de marzo del presente, quedando el presente Rollo concluso para resolver TERCERO.- En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

La sentencia de Modificación de Medidas Definitivas de Divorcio dictada en primera instancia declaró extinguida la pensión compensatoria en su día establecida a favor de la demandada y con cargo al actor, señor Jesús y contra ella se alza en apelación la parte demandada, señora Paula, interesando su revocación y la desestimación de la demanda alegado error en la apreciación de la prueba e indebida aplicación del Art. 101 del código civil, pues las partes solo fijaron una causa de extinción de la citada pensión, de ahí que no resulte aplicable lo dispuesto en el articulo citado. También alega que tanto la demandada como su compañero sentimental se encuentran en desempleos mientras que el actor dispone de unos elevados ingresos mensuales.

SEGUNDO

Las medidas acordadas en un proceso de separación o divorcio deben permanecer incólumes en tanto subsistan las circunstancias que condicionaron su sanción judicial, pudiendo tan sólo ser modificados cuando se hayan alterado sustancialmente tales circunstancias, o, con carácter mucho más específico, en lo que concierne a la pensión por desequilibrio, en los supuestos de alteración sustancial de la fortuna...

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