SAP Cádiz 43/2012, 22 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución43/2012
Fecha22 Febrero 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN CUARTA

SENTENCIA. NUM 43/2012

PRESIDENTE:

Dª. MARÍA ISABEL DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ

MAGISTRADOS:

Dª Mª INMACULADA MONTESINOS PIDAL

D. MIGUEL ÁNGEL FELIZ Y MARTÍNEZ

JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE CÁDIZ

PA 247/2010

DIMANANTE DE LAS DP: 1576/07

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 DE CÁIDZ

ROLLO DE SALA Nº 21/2012

En la Ciudad de Cádiz, a 22 de Febrero de 2012.

Vista por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, la causa referenciada al margen, siendo parte apelante D. Ovidio y apelante adherido D. Jesús Manuel y parte apelada MINISTERIO FISCAL y ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D.MARÍA ISABEL DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ

.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Penal nº 4. de Cádiz, con fecha 8/11/2011, se dictó sentencia en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice:

    Que debo CONDENAR y CONDENO a Ovidio como autor de dos faltas del art. 623.5 a la pena de 6 días de localización permanente por cada falta y a Jesús Manuel como autor de dos faltas del art. 623.5 a la pena de 6 días de localización permanente por cada falta. Se imponen las costas a los acusados.

    Ovidio y Jesús Manuel indemnizarán a la SGAE, AFYVE y DIOR en las cantidades que se determinen en ejecución de sentencia.

  2. - Contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación del acusado, y admitido el recurso en ambos efectos, conferidos los preceptivos traslados, elevados los autos a esta Audiencia, formado el correspondiente rollo, fue designado Magistrado Ponente, quedando el recurso visto para sentencia.

  3. - En la tramitación de este recurso, se han observado todas las formalidades legales, salvo el plazo para sentenciar por la atención a asuntos penales preferentes. HECHOS PROBADOS

    UNICO .- Se admiten los hechos declarados como probados en la sentencia objeto de recurso y que son del siguiente tenor literal:

    " De la prueba practicada en el acto de juicio oral ha quedado acreditado que el día 14 de septiembre de 2007 Ovidio y Jesús Manuel se encontraban en la calle Colmuela de Cádiz vendiendo al público copias no autorizadas por las titulares de los respectivos derechos de propiedad intelectual de 224 dvds, 700 cds, 15 juegos de Play Station así como imitaciones de marcas originales no autorizadas, en concreto, tres cinturones, tres bolsos y trece gafas de sol de...

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