SAP Baleares 214/2012, 11 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución214/2012
Fecha11 Mayo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00214/2012

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000645 /2011

SENTENCIA Nº 214

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. MATEO RAMÓN HOMAR

Magistrados:

D. SANTIAGO OLIVER BARCELÓ

Dª COVADONGA SOLA RUIZ

En Palma de Mallorca, a once de mayo de dos mil doce.

Vistos por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Eivissa bajo el número 1359/09, Rollo de Sala número 645/11, entre partes, de una, como demandada apelante DOÑA Milagros, representada por el Procurador de los Tribunales DON JOSÉ LUÍS SASTRE SANTANDREU y asistida del Letrado DON JUAN JOSÉ FERRER MARTÍNEZ y, de otra, como demandante apelado DON Juan Manuel

, representado por el Procurador de los Tribunales DON ANTONIO COLOM FERRÁ y asistido del Letrado MARIA NO RAMÓN SUÑER.

ES PONENTE la Ilma. Magistrada Dª COVADONGA SOLA RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Eivissa en fecha 24 de mayo de 2011 se dictó Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Juan Manuel contra Dª Milagros, DECLARO la prioridad del titulo dominical del demandante, a título de condómino y en beneficio de la comunidad de propietarios, frente a la posesión de la demandada sobre los elementos comunes CONDENANDO a la referida demandada a la entrega de los meritados espacios comunes ocupados de acuerdo con plano obrante en el folio 44 de las actuaciones, cesando cualquier acto de posesión sobre los mismos y reintegrando en su posesión a la comunidad, retirando cuantos elementos fijos o móviles existan en ellos, así como al pago de las costas causadas".

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación y seguido el recurso por sus trámites se celebró deliberación y votación en fecha 2 de mayo del corriente año, quedando el recurso concluso para Sentencia.

TERCERO

Que en la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con la demanda que dio inicio a las presentes actuaciones se interesa por el actor se condene a la demandada a la entrega de los espacios de los espacios comunes que relaciona, cesando en cualquier acto de posesión sobre los mismos y reintegrando la misma a la comunidad, retirando cuantos elementos fijos o móviles existan en ellos, así como al pago de las costas. Alega a tal fin ser titular de la vivienda sita en el EDIFICIO000 nº NUM000, planta NUM001, puerta NUM002, y la demandada propietaria de los locales 9-11 sitos en los bajos del edificio; que desde hace años y sin título que lo ampare, se ha integrado dentro del espacio privativo de dichos locales, una superficie originalmente destinada a corredor comunitario para paso de peatones, mediante el desplazamiento de su muro perimetral, así como un exceso de ocupación de la terraza común de 23 m2.

A dicha pretensión se opuso la demandada, negando la legitimación del actor para el ejercicio de la acción entablada, que nunca ha aumentado la superficie de sus locales, y con carácter subsidiario, que de ser cierta la ocupación de espacios comunitarios, está se habría producido a título de dueño, con buena fe y justo títulos por espacio de 10 años, por lo que habría sido adquirida por la demandada, sin necesidad de modificación del título constitutivo de propiedad horizontal, al no verse afectado.

La sentencia de instancia, estimó en su integridad la demanda, contra cuyo pronunciamiento se alza la parte demandada, reproduciendo como...

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