SAP Málaga 583/2009, 13 de Octubre de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha13 Octubre 2009
Número de resolución583/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

SECCION PRIMERA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NUM. 4 DE TORREMOLINOS

AUTOS DE JUICIO DE FALTAS NUM. 10/2009

ROLLO DE APELACIÓN NUM. 217/2009

SENTENCIA Nº 583

En la ciudad de Málaga, a 13 de octubre de 2009

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, constituida por un solo Magistrado, la Iltma. Sra. Dña. Aurora Santos García de León, los autos de Juicio de Faltas nº 10/2009, seguidos para el enjuiciamiento de una falta contra la personas del art. 618 del Código Penal . Figura en el rollo como apelante D. Valeriano .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 3 de febrero de 2009, el Juzgado de Instrucción número cuatro de Torremolinos dictó sentencia en las presentes actuaciones, estableciendo el siguiente relato de hechos probados: "Se considera probado y así se declara que el 5 de diciembre de 2008, Valeriano presentó denuncia contra Modesta ", recayendo el siguiente fallo: "Que debo absolver y absuelvo a Modesta de los hechos enjuiciados en estas actuaciones, con declaración de las costas de oficio".

SEGUNDO

Que la citada resolución fue recurrida en apelación por D. Valeriano que alegó nulidad de las actuaciones, por violación del art. 968 de la LECrim . y del principio de tutela judicial efectiva, solicitando la retroacción del procedimiento al momento inmediatamente posterior a la interposición de la denuncia.

TERCERO

Admitido a trámite el recurso y transcurrido el plazo de diez días, a partir de su traslado a las demás partes, se presentó escrito de impugnación por el Ministerio Fiscal que solicitó la confirmación de la sentencia objeto del recurso, por sus propios fundamentos; se elevaron los autos a esta Audiencia, donde se constituyó Sala únicamente con la Magistrada a quien por turno le correspondió la resolución del recurso, en cuyo poder quedaron las actuaciones, para el dictado de la presente sentencia.

CUARTO

En la substanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Se acepta el relato de los hechos probados en la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se cuestiona por el recurrente la absolución de la denunciada, entendiendo que se ha causado indefensión e infracción del principio de tutela judicial efectiva e infracción de lo preceptuado en el art. 968 de la LECrim ., debido a la celebración del juicio oral sin la asistencia del denunciante, el cual, mediante su representación procesal, presentó "Certificado médico oficial en el que consta la imposibilidad material de su asistencia al acto del juicio oral", solicitando en consecuencia la...

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