SAP León 355/2012, 25 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución355/2012
Fecha25 Mayo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

SENTENCIA: 00355/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de LEON

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Domicilio: EL CID, 20

Telf: 987230006

Fax: 987230076

Modelo: 213100

N.I.G.: 24089 43 2 2010 0059616

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000204 /2011

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de LEON

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000017 /2011

RECURRENTE: Millán

Procurador/a: SUSANA MARTINEZ ANTON

Letrado/a: JUAN CARLOS ALVAREZ GONZALEZ

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

S E N T E N C I A Nº.355/11

Iltmos. Sres.

D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.- Presidente.

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.-Magistrado

D. TEODORO GONZALEZ SANDOVAL..- Magistrado

En León, a veinticinco de Mayo de dos mil doce.

VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Tercera, en grado de apelación, los autos de P.A. Nº 17/2011, figurando como parte apelante don Millán, representado por la Procuradora Dª Susana Martínez Antón y defendido por el Letrado D. Juan Carlos Alvarez González; siendo parte apelada el MINISTERIO FISCAL . Siendo ponente el Magistrado, Ilmo. Sr. Don MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal nº uno de León, se dictó Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: 1º.-Debo condenar y condeno a Don Millán como hacer de un DELITO DE ATENTADO A LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD, con la concurrencia de la agravante de reincidencia y la atenuante de haber actuado bajo los efecto de sustancias psicotrópicas, a la pena de DOS AÑOS DE PRISION con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. -2º.-Debo condenar y condeno a Don Millán como autor criminalmente responsable de una falta continuada de daños, ya definido, a la pena de DIEZ DÍAS DE LOCALIZACIÓN PERMANENTE -3º.-Debo condenar y condeno a Don Millán a indemnizar al Ayuntamiento de LA ROBLA en la cantidad de CIENTO SESENTA Y SEIS EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (166,70 #) y al Ministerio del Interior en la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON VEINTIÚN CÉNTIMOS (266,21 #) más el interés legal incrementado en dos puntos que dicha suma devengue desde la fecha de esta sentencia hasta el total abono de su importe a las referidas entidades perjudicadas."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, por la parte apelante se interpuso recurso que fue admitido, dándose traslado a las demás partes por un plazo común de diez días, impugnándose el recurso por el Ministerio Fiscal y, después de los trámites oportunos, se remitió todo lo actuado a esta Sección Tercera.

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

UNICO . Se aceptan los de la sentencia apelada que son del siguiente tenor : SE DECLARA PROBADO que sobre las 5:30 horas del día 2 de agosto de 2010, el acusado Don Millán, mayor de edad y ejecutoriamente condenado en sentencia de 20 de no de 2008, por un delito de atentado a la pena de cuatro meses de prisión, fue sorprendido en las proximidades del esto "VIAGGI" esgrimiendo un cuchillo contra terceras personas, momento en el cual, al acercarse al mismo el agente de la Policía Local de La Robla nº NUM000 y el Director de...

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