SAP Ávila 142/2012, 22 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 142/2012 |
Fecha | 22 Junio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
AVILA
SENTENCIA: 00142/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
AVILA
ROLLO Nº 84/2012
APELACIÓN JUICIO FALTAS Nº 7/2012
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE PIEDRAHITA (AVILA)
Este Tribunal unipersonal compuesto por la Magistrada de esta Audiencia, Iltma. Sra. Presidenta DOÑA MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLÁ, ha pronunciado en
NOMBRE DEL REY
la siguiente:
SENTENCIA NÚMERO 142/2012
En la ciudad de Ávila, a veintidós de junio de dos mil doce.
Vistos en grado de apelación los autos de Juicio de Faltas nº 7/2012 procedentes del Juzgado de Instrucción de Piedrahita, siendo parte apelante Eleuterio .
Con fecha 23 de febrero de 2012, el Juzgado de Instrucción de Piedrahita dictó sentencia declarando probados los siguientes hechos: " Sobre las 6:00 h del día 1 de enero de 2012 en una peña popular sita en la localidad de Santa Mª del Berrocal (Ávila), cuando Jon se acercó a Eleuterio, éste dirigiéndose aquel le profirió la siguiente expresión "te voy a matar".
Y cuyo fallo dice lo siguiente: " Que debo condenar y condeno a Eleuterio como autor de una falta de amenazas a la pena de MULTA DE 20 DIAS, a razón de una cuota diaria de 6 euros, que será satisfecha en la forma que se dispone en el Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución, con la responsabilidad personal subsidiaria allí establecida para caso de impago, con expresa imposición al condenado de las costas causadas."
Contra la expresada sentencia interpuso recurso de apelación Eleuterio .
En la tramitación del presente recurso se ha observado las prescripciones legales.
HECHOS PROBADOS
UNICO.- No se acepta los de la resolución impugnada.
No se acepta los de la resolución impugnada.
Eleuterio interpone recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó como autor de una falta de amenazas, cometida contra Jon, y al explicar las razones de disconformidad con la resolución pone en duda la existencia de prueba sobre los hechos imputados.
En el juicio prestaron declaración denunciante y denunciado, y ofrecieron versiones dispares, ratificando la denuncia el primero y negando las imputaciones el segundo, y, además, sus respectivos asertos dejaron ver una situación conflictiva entre ambos y personas de su entorno, por otros episodios y desencuentros que no vienen al caso pero ponen de manifiesto enemistad patente. Al margen de ello testificó una persona llamada Juan Alberto aportando información de signo exculpatorio.
Desde luego...
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