SAP Madrid 302/2012, 5 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución302/2012
Fecha05 Julio 2012

ROLLO DE APELACION Nº 331/2011

PROC. ORAL Nº 166/2011

JUZGADO DE LO PENAL Nº 13 DE MADRID

S E N T E N C I A Nº 302/12

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA. ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS

MAGISTRADOS

D. JOSE MANUEL FERNÁNDEZ PRIETO GONZALEZ

D. JULIAN ABAD CRESPO

=====================================

En Madrid, a 5 de julio de 2012.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Carlos Miguel contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 13 de Madrid, de fecha 15 de julio de 2011, en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE MANUEL FERNÁNDEZ PRIETO GONZALEZ, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 13 de Madrid, se dictó sentencia de fecha 15 de julio de

2011, cuyo relato fáctico es el siguiente: "Por sentencia de fecha 23 de octubre de 2006 por el Juzgado de Primera instancia nº 66 de Madrid se imponía la obligación al acusado Carlos Miguel, mayor de edad y sin antecedentes penales, de abonar a su expareja Amparo en concepto de pensión de alimentos para su hija menor la cantidad de 100 euros mensuales, cantidad que se debería revisar anualmente de acuerdo con el índice de Precios al Consumo, dejo de abonar la pensión desde Noviembre de 2008 hasta Octubre de 2010.

No se ha acreditado que el acusado no haya podido hacer frente a esas obligaciones."

Siendo su fallo del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Carlos Miguel como autor de un delito de abandono de familia por impago de pensiones, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de MULTA DE SEIS MESES CON UNA CUOTA DIARIA DE 2 EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y a las costas. Deberá indemnizar a Amparo como administradora de los bienes de su hija en concepto de alimentos de estos, la cantidad de 3.300 euros, desde el mes de Noviembre de 2008 hasta el mes de Julio de 2011, con los incrementos del IPC y los intereses legales, debiendo determinarse el total en ejecución de sentencia."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por el Procurador D. Carlos Alberto Grado Viejo, en representación del condenado en la instancia Carlos Miguel, recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha de 10 de noviembre de 2011, tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y por providencia del siguiente día 25 de marzo se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 4 de julio de 2012.

CUARTO

SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna la sentencia recurrida por error en la valoración de la prueba, en cuanto

al entender del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR