SAP Melilla 54/2012, 3 de Julio de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 03 Julio 2012 |
Número de resolución | 54/2012 |
AUD.PROVINCIAL DE MALAGA SECC. N.7 de MELILLA
- Domicilio: EDIF. V CENTENARIO TORRE NORTE PLAZA DEL MAR Nº 3, 2ª PLANTA Telf: 952698922
Fax: 952698932
Modelo: 213050
N.I.G.: 52001 41 2 2012 1037354
ROLLO: APELACION JUICIO RAPIDO 0000052 /2012
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de MELILLA
Procedimiento de origen: JUICIO RAPIDO 0000110 /2012
RECURRENTE: MINISTERIO FISCAL, Abel
Procurador/a:, CRISTINA PILAR COBREROS RICO
Letrado/a:, FRANCISCO JOSE VIVAR MAZA
RECURRIDO/A: Mº FISCAL Mº FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:
SENTENCIA Nº 54
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. José Luís Martín Tapia MAGISTRADOS:
D. Juan Rafael Benítez Yébenes
D. Diego Giner Gutiérrez
En Melilla, a tres de julio de dos mil doce.-La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede permanente en Melilla, constituida por los Magistrados anteriormente expresados, ha visto, en nombre los autos de Juicio Rápido nº 110/12, dimanantes del Juzgado de lo Penal nº Dos de esta Ciudad, en virtud de Recurso de Apelación (Rollo nº 52/12), contra la Sentencia pronunciada por la precitada instancia judicial con fecha treinta de Marzo de dos mil doce ; siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Diego Giner Gutiérrez.
Se aceptan los de la sentencia apelada, que se dan por reproducidos.
La referida sentencia, dictada el día treinta de de Marzo de dos mil doce, contiene en su Fallo los siguientes pronunciamientos dispositivos:
Condeno a D. Abel como autor criminalmente responsable de un delito de quebrantamiento de medida cautelar ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas procesales.
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la Procuradora Dª Cristina Cobreros Rico en nombre y representación de Abel asistida de la Letrada Dª. Mª José Vivar Maza, quien alegó con carácter previo a cualquier otra cuestión que la grabación del juicio que le fue entregada no se encontraba en un estado mínimamente audible, lo que generaría indefensión a esta parte, por lo que terminó suplicando se acuerde la nulidad del acto del Juicio, procediéndose a su nueva y correcta celebración.
Admitida la apelación, se dio traslado a las demás partes a efectos de impugnación o adhesión al recurso, en cuyo trámite el Ministerio Fiscal informó que se adhiere al recurso presentado en el caso de que exista una imposibilidad total y absoluta de audición.
HECHOS PROBADOS
Se admiten los que con tal carácter contiene la sentencia objeto de la presente alzada, y que son del siguiente tenor:
El día 13-03-2012, aproximadamente a las 12:00 horas, D. Abel, con NIE NUM000, mayor de edad, hijo de Benaisa y de Mimona, nacido en Beni Sidel (Marruecos) el NUM001 -1980 y sin antecedentes penales, acudió a la Estación Marítima de melilla junto con su...
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