SAP Melilla 60/2012, 13 de Julio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 60/2012 |
Fecha | 13 Julio 2012 |
AUD.PROVINCIAL DE MALAGA SECC. N.7 de MELILLA
- Domicilio: EDIF. V CENTENARIO TORRE NO RTE PLAZA DEL MAR Nº 3, 2ª PLANTA
Telf: 952698922
Fax: 952698932
Modelo: 213100
N.I.G.: 52001 41 2 2010 1011523
ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000049 /2012
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de MELILLA
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000159 /2011
RECURRENTE: Leandro
Procurador/a: JOSE LUIS YBANCOS TORRES
Letrado/a: NAYIM MOHAMED ALI
RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:
SENTENCIA Nº 60
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ILMOS. SRES:
PRESIDENTE: D. JOSÉ LUIS MARTÍN TAPIA
MAGISTRADOS: D. JUAN RAFAEL BENÍTEZ YÉBENES
D. DIEGO GINER GUTIÉRREZ
En MELILLA, a trece de Julio de dos mil doce.
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga, con sede permanente en Melilla, integrada por los Magistrados al margen expresados, ha visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador de los Tribunales Dº. José Luis Ybancos Torres, en nombre y representación de Leandro, bajo la dirección técnica del Letrado Don Nayim Mohamed Ali, contra la sentencia de fecha 12/12/11, recaída en los autos de Juicio Oral tramitados en el Juzgado de lo Penal Uno de Melilla bajo el número 159/2011 . - (P. A. 83/10 del Juzgado de instrucción Cuatro de Melilla) - por delito de Robo con fuerza en las cosas.
Ha intervenido como parte apelada el Ministerio Fiscal y como Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. Don JOSÉ LUIS MARTÍN TAPIA.
La meritada sentencia declaró como hechos probados los siguientes:
Sobre las 2:45 horas del día 31 de marzo de 2010, los acusados Carlos Alberto y Leandro, de común acuerdo se acercaron al vehículo Todo Terreno, marca Mitsubishi, modelo Montero 2.5 TDI matírcula LM-....-X, propiedad de Don Argimiro, que se encontraba debidamente estacionado y cerrado en la Calle Comandante Aviador García Morato nº 5 de la Ciudad de Melilla y tras forzar la cerradura del cristal corredizo trasero, accedieron a su interior, no llegando a conseguir su propósito, al ser sorprendidos por los agentes de la Policía Nacional nº NUM000 y NUM001 .
Los daños ocasionados en el vehículo han sido valorados en 105 euros no reclamando por ellos el propietario.
Su Fallo es del tenor literal siguiente:
" Que debo CONDENAR Y CONDENO: 1º) al acusado Carlos Alberto como autor de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el periodo de la condena. 2º) al acusado Leandro como autor de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas, con la concurrencia de la circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal agravante de reincidencia, a la pena de nueve meses de prisión
, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el periodo de la condena y a ambos acusados al pago de las costas procesales".
Notificada que fue a las partes dicha Resolución, se interpuso contra ella misma el aludido Recurso de Apelación en base a un único motivo que desarrolló en el cuerpo de su escrito, dándose aquí por reproducido. En el trámite que se le confirió, el Ministerio Fiscal se opuso en base a las alegaciones que consideró pertinentes e igual se dan aquí por reproducidas, tras lo cual fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal para su resolución, en cuya Secretaría tuvieron entrada el 5/06/12.
El mismo día recayó diligencia de ordenación de la Sra. Secretaria acordando formar el preceptivo Rollo de Sala, designar Magistrado-Ponente conforme al turno previamente establecido y pasar las actuaciones a la Sala, que el día 21/06/12 fijó señalamiento para deliberación y votación del Recurso, que tuvo lugar el día 10 de los corrientes, tras haberse debido suspender otro señalamiento anterior. Dicha providencia participó a las partes la composición de la Sala que había de llevar a cabo tal acto.
Contra la sentencia que condena al recurrente como autor de un delito de Robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, se ha alzado éste alegando como único motivo de su Recurso la infracción del artículo 24 de la constitución, por inapliciación del principio de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba