SAP Huesca 119/2012, 29 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución119/2012
Fecha29 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

HUESCA

SENTENCIA: 00119/2012

Apelación Penal (Faltas) Nº 63/2012 S290612.9J

Sentencia de Apelación Penal Nº 119

En Huesca, a veintinueve de junio del año dos mil doce.

Visto en nombre del Rey, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, constituida en esta ocasión por el Magistrado don José Tomás García Castillo, el Juicio de Faltas seguido ante el Juzgado de Instrucción nº Uno de Jaca bajo el número 7/12, en el que fueron partes Rafaela como denunciante y Belarmino como denunciado. Dicha causa se halla pendiente ante este Tribunal, en donde ha quedado registrada al número 63 del año 2012, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Belarmino, siendo de aplicación los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los expuestos en la resolución impugnada.

SEGUNDO

En el juicio antes reseñado, se dictó con fecha veintiséis de abril de dos mil doce la Sentencia recurrida, en la que se pronunció, literalmente, la siguiente parte dispositiva: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Belarmino como autor de una falta de amenazas leves del artículo 620.2 del Código Penal a la pena de 15 días de multa a razón de 7 euros de cuota diaria y una responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de la multa consistente en un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas, así como al pago de las costas procesales".

TERCERO

Notificada a las partes la indicada Sentencia, interpuso el denunciado Belarmino el presente recurso de apelación, alegando los motivos que estimó procedentes y que luego se estudiarán. El Juzgado tuvo por interpuesto en tiempo y forma el indicado recurso de apelación y, de conformidad con el artículo 790.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al que se remite el artículo 976 de la misma Ley, dio traslado por un plazo común de diez días a las demás partes, siendo impugnado dicho recurso por la denunciante Rafaela . Seguidamente, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal.

HECHOS PROBADOS

UNICO : Se aceptan y dan por reproducidos los así declarados en la Sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega el denunciado en su escrito interponiendo el recurso que nunca le animó ninguna intención de agresión física ni mucho menos crininal . Hay que partir, en cualquier caso, de que la...

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