SAP Melilla 48/2012, 13 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución48/2012
Fecha13 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL DE MALAGA SECC. N.7 de MELILLA

- Domicilio: EDIF. V CENTENARIO TORRE NORTE PLAZA DEL MAR Nº 3, 2ª PLANTA

Telf: 952698922

Fax: 952698932

Modelo: 213100

N.I.G.: 52001 41 2 2008 0005406

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000038 /2012

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de MELILLA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000054 /2011

RECURRENTE: Jose Manuel

Procurador/a: ANA HEREDIA MARTINEZ

Letrado/a: ISABEL GARCIA PRIETO

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA Nº 48

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

ILMOS. SRES

PRESIDENTE:

D. JOSÉ LUIS MARTÍN TAPIA

MAGISTRADOS:

D. MARIANO SANTOS PEÑALVER

D. JUAN RAFAEL BENÍTEZ YÉBENE

En la Ciudad Autónoma de Melilla, a trece de Junio de 2.012

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga, con sede permanente en Melilla, constituida por los Magistrados al margen expresados, ha visto el Recurso de Apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ana Heredia Martínez, en nombre y representación de Jose Manuel, contra la Sentencia recaída en el Procedimiento de Juicio Oral Nº 54/11 que ha sido tramitado en el Juzgado de lo Penal Número Uno de Melilla por el delito de robo con fuerza, bajo el número de Rollo 38/12. Siendo la parte apelada el Ministerio Fiscal. Ha sido designado Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MARIA NO SANTOS PEÑALVER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26 de Marzo de dos mil doce, recayó la sentencia meritada, y cuyo fallo es del tenor literal siguiente :

Que debo condenar y condeno al acusado D. Jose Manuel como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena, DE UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el periodo de la condena y costas.

SEGUNDO

Notificada que fue a las partes dicha Resolución, la Procuradora de los Tribunales Dª. Ana Heredia Martínez, en nombre y representación de Jose Manuel interpuso contra la misma en tiempo y forma Recurso de Apelación, alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia del acusado, al no haberse practicado en el plenario prueba de cargo bastante para acreditar su culpabilidad, asimismo alegó infracción de precepto constitucional; y tras exponer cuantos argumentos tuvo por convenientes, terminó suplicando se dicte nueva sentencia que revoque la dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1, procediéndose a absolver a su representado del delito contra la propiedad intelectual por el que ha sido condenado.

TERCERO

De dicho Recurso se confirió traslado al Ministerio Fiscal, que se opuso al Recurso, e interesó la confirmación de la resolución recurrida.

CUARTO

Por Diligencia de Ordenación de fecha 16 de Mayo de 2012, se acordó formar el preceptivo Rollo de Sala y designar Magistrado-Ponente por el Turno correspondiente; acordándose mediante Providencia con la misma fecha fijar el día 6 de Junio de 2012 para deliberación y resolución del Recurso, en que ha tenido lugar efectivamente.

QUINTO

En la tramitación de esta alzada se han observado todas las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- Se aceptan los que con tal carácter contiene la sentencia objeto de la presente alzada que aquí damos por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia que condena al imputado como autor criminalmente responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas previsto y penado en los artículos 237, 238 número 2 º y 240 del Código Penal, se alza en apelación alegando vulneración del principio de presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba practicada.

Planteados en los términos expuestos el objeto del recurso en el que se insta la absolución del imputado la cuestión principal debatida guarda íntima conexión con el principio de presunción de inocencia que implica la imposición a las partes acusadoras del acreditamiento de la realidad de los hechos perjudiciales al reo, lo que conlleva la exclusión al imputado del deber de demostrar su inocencia, correspondiendo a la acusación la carga de la prueba que conduzca a la afirmación de la culpabilidad. De otro lado, en íntima conexión con el derecho a...

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