SAP Madrid 452/2012, 14 de Septiembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 452/2012 |
Fecha | 14 Septiembre 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11
MADRID
SENTENCIA: 00452/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION UNDECIMA
SENTENCIA Nº
Rollo: RECURSO DE APELACION 790/2011
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. ANTONIO GARCÍA PAREDES
D. FÉLIX ALMAZÁN LAFUENTE
Dª. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA
En MADRID, a catorce de septiembre de dos mil doce.
La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL 1948/2009 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 5 de FUENLABRADA seguido entre partes, de una como apelante DÑA. Bernarda, representada por la Procuradora Dña. Laura Uceda Sueiro, y de otra, como apelado MADRILEÑA SUMINISTRO DE GAS SUR S.L., representada por el Procurador D. Juan Carlos Galvez Hermoso de Mendoza, sobre resolución contractual.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
N. 5 de FUENLABRADA, por el mismo se dictó sentencia con fecha 10 de junio de 2011, cuya parte dispositiva dice: " PROCEDE ESTIMAR EN PARTE LA DEMANDA FORMULADA POR LA PROCURADORA SRA. RUIZ RESA EN NOMBRE DE MADRILEÑA SUMINISTRO DE GAS SUR SL CONTRA Bernarda Y EN CONSECUENCIA DECLARAR RESUELTO EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE GAS EXISTENTE ENTRE GAS NATURAL SDG SA Y AQUELLA DE PRESTACION DE SUMINISTRO EN LA VIVIENDA SITA EN C/ DIRECCION000 NUM000 NUM002 NUM001 . ASIMISMO DEBO CONDENAR Y CONDENO A Bernarda A QUE ABONE A LA PARTE ACTORA LA SUMA RECLAMADA EN LA DEMANDA ASCENDENTE A 847,46 EUROS. ESTA CANTIDAD DEVENGARA EL INTERES LEGAL DESDE LA FECHA DE INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA HASTA LA PRESENTE RESOLUCIÓN Y EL INTERES PREVISTO EN EL ARTICULO 576 LEC (INTERES LEGAL INCREMENTADO EN DOS PUNTOS) DESDE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL PAOG. PROCEDE DESESTIMAR LA DEMANDA EN LOS RESTANTES PEDIMENTOS. No procede imposición de costas."
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación procesal de Dña. Bernarda se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que formuló oposición al recurso. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 12 de septiembre de 2012, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES .
Planteamiento de la apelación.
En la demanda que encabeza estas actuaciones se ejercitaba una acción resolutoria de contrato así como una acción de reclamación de cantidad por el incumplimiento de la obligación de pago que correspondía a la demandada.
La sentencia de primera instancia estimó parcialmente la demanda, accediendo a la resolución del contrato y a la condena de parte de cantidad solicitada.
Contra dicha resolución la parte demandada formuló recurso de apelación con dos motivos de impugnación: 1) Indebida desestimación de la excepción de falta de legitimación activa de la demandante, que al tiempo de interponer la demanda ya había cedido sus contratos; y 2) Error en valoración de la prueba porque el impago de las mensualidades no fue voluntario sino debida a la situación de precariedad económica de la demandada, además de que intentó devolver el aparato de aire acondicionado adquirido.
Sobre la falta de legitimación activa.
La...
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