SAP Madrid 385/2012, 28 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución385/2012
Fecha28 Septiembre 2012

ROLLO DE APELACIÓN Nº 84/2012

(Dimanante del Juicio Rápido nº 111/2011 del Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de Henares)

SENTENCIA Nº 385/12

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEXTA

Ilmos. Sres.

Magistrados

D. FRANCISCO JESÚS SERRANO GASSENT

D. JULIÁN ABAD CRESPO

Dª. LUZ ALMEIDA CASTRO

En nombre del Rey

En Madrid, a 28 de septiembre de 2012.

Vistas las presentes actuaciones en segunda instancia ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados consignados al margen, seguidas en dicho Tribunal como Rollo de Apelación nº 84/2012 por el trámite del Procedimiento Abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el MINISTERIO FISCAL contra la sentencia de fecha 7 de julio de 2011, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de Henares (Madrid) en el Juicio Rápido nº 111/2011, siendo Ponente el Magistrado de la Sección, Ilmo. Sr. D. JULIÁN ABAD CRESPO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal antes citado se dictó sentencia en los autos de Juicio Oral antes

expresados, en la que se declararon como probados los siguientes hechos: " Se considera probado, y así se declara, que la acusada Jacinta, sobre las 19:20 horas, del día 20 de junio de 2011, en el establecimiento comercial, Mercadona, sito en la carretera de Meco, en la localidad de Alcalá de Henares, y obrando, con el propósito de obtener un beneficio patrimonial, ilícito, intentó salir, por el arco de seguridad del establecimiento, sin pasar por la línea de caja, para abonar los mismos, saltando, entonces las alarmas de seguridad, y siendo sorprendida, por el vigilante de tal establecimiento.

Una vez sorprendida por los vigilantes de seguridad, y en presencia de los Agentes de Policía Nacional, la acusada abrió el maletero de su vehículo Opel Astra ....KKK en cuyo interior, había efectos del citado establecimiento, sin que la acusada, aportara ticket de compra de los mismos.

El valor de los efectos sustraídos no excede, de la cantidad de 400 euros".

Siendo su fallo del tenor literal siguiente: " CONDENO a Jacinta, como autora responsable de una FALTA DE HURTO EN GRADO DE TENTATIVA, sin la concurrencia de circunstancia modificativas de la responsabilidad criminal, la pena de DOS MESES DE MULTA A RAZÓN SEIS EUROS DE CUOTA DIARIA, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y abono de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por el MINISTERIO FISCAL; y admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, no formulándose alegaciones; remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso.

TERCERO

En fecha 28 de febrero de 2012 tuvieron entrada las actuaciones de la primera instancia en esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, formándose el presente rollo de apelación, señalándose el día 27 de septiembre de 2012 para la deliberación del recurso.

CUARTO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, incluido el apartado de hechos probados, en cuanto no se opongan a los presentes.

  1. HECHOS PROBADOS

El apartado de hechos probados de la sentencia recurrida se modifica en el sentido de sustituir el párrafo " El valor de los efectos sustraídos no excede, de la cantidad de 400 euros " por el párrafo " El precio de venta al público de los efectos...

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