SAP Sevilla 458/2012, 26 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución458/2012
Fecha26 Julio 2012

Audiencia provincial de Sevilla

Sección Séptima

Rollo 5009-2012 (apelación sentencia) - 1 - AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

SECCIÓN SÉPTIMA

SENTENCIA nº 458/2012

Rollo 5009-2012 (apelación sentencia P.A.)

P.A. 185-2010

Juzgado de lo Penal nº 6 de Sevilla

Magistrados:

Juan Romeo Laguna. Ponente.

Esperanza Jiménez Mantecón.

Enrique García López Corchado.

En Sevilla a 26 de julio de 2012

ANTECEDENTES PROCESALES

Primero

En fecha 30 de marzo de 2012 el Juzgado de procedencia dictó sentencia que contenía los siguientes hechos probados: "La acusada Diana, mayor de edad, de nacionalidad ucraniana, y permiso de residencia en territorio español, con fecha 3 de julio de 2007, formuló denuncia en las dependencias de la Comisaria Centro de la Dirección General de la Policía de Sevilla, manifestando que entre los días 28 de junio y 3 de julio de 2007, personas desconocidas le habían sustraído el vehículo de su propiedad de la marca y modelo Renault Megane, matrícula ....-RVT .

Lo anterior dio lugar a la incoación de las Diligencias Previas número 4743/07, del Juzgado de Instrucción nº 1 de Sevilla, que fueron sobreseídas por falta de autor conocido por auto de fecha 4 de julio de 2007 .

No obstante, la anterior denuncia es falsa, pues la acusada con anterioridad a dicha denuncia transmitió a Lorena dicho vehículo, firmando a tales efectos solicitud de transferencia de fecha 28 de junio de 2007. Como consecuencia de lo anterior un familiar de Lorena fue detenido cuando circulaba con dicho vehículo. "

Con base a dichos hechos probados se dictó el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a la acusada, Diana, como autor penalmente responsable de un delito de simulación de delito, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 6 meses de multa con cuota diaria de 2 euros, sin perjuicio de la responsabilidad personal subsidiaria en la que pudiera incurrir en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y costas. "

Segundo

Contra esta resolución interpuso recurso de apelación la condenada en la instancia Dª. Diana por los motivos que expone su escrito de formalización. El Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la sentencia recurrida.

Tercero

Remitida la causa a esta Audiencia, fue turnada a la sección séptima el 29 de mayo de 2012, correspondiendo su ponencia al magistrado Juan Romeo Laguna.

SE ACEPTAN LOS HECHOS PROBADOS, si bien se suprime la frase "Como consecuencia de lo anterior un familiar de Lorena fue detenido cuando circulaba con dicho vehículo.", y LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA SENTENCIA RECURRIDA, EN TODO AQUELLO QUE NO SE OPONGAN A LOS DE ESTA RESOLUCIÓN

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Si bien es cierto que los Tribunales de apelación gozan de facultades revisoras, no es menos cierto que tales facultades tan sólo han de ejercerse si se evidencia con toda claridad error en el Juzgado de la Instancia al fijar el resultado probatorio de la sentencia objeto del recurso, o bien, se haya prescindido de alguna prueba trascendente, de importancia patente y manifiesta, que aparezca recogida de modo elocuente en la causa, o se haya llegado a la declaración de probanza de un hecho importante a través de una ilógica interpretación del material probatorio que le sirva de soporte.

Las limitaciones mencionadas a las facultades revisoras tienen su fundamento en la facultad soberana del sentenciador de la instancia de valorar la prueba practicada, conforme señala el art.741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y en el principio de inmediación, que le permite "ver con sus ojos y oír con sus oídos" en gráfica expresión empleada por la Sentencia del Tribunal Supremo de 30-1-1989, las pruebas de índole subjetiva, de suerte que se halla en una situación privilegiada para ahondar sobre al prueba y llegar a la realidad material de los hechos enjuiciados.

Segundo

El delito de denuncia falsa exige la concurrencia de los siguientes elementos:

Como elementos objetivos: 1) La imputación a persona determinada de la comisión de unos hechos que no se han cometido o no son...

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