AAP Madrid 889/2012, 28 de Diciembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha28 Diciembre 2012
Número de resolución889/2012

RT 843-2012

Ejecutoria 23-2011

Juzgado de lo Penal 6 de Móstoles AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN TRIGÉSIMA

C/ Santiago de Compostela, 96 Tfno.: 91.4934582-83 Madrid-28071

AUTO Nº 889/2012

Magistrados:

Pilar Oliván Lacasta

Carlos Martín Meizoso

Lourdes Casado López

En Madrid, a 28 de diciembre de 2012 ANTECEDENTES PROCESALES

Primero

El día 31 de agosto de 2012, Juzgado de lo Penal 6 de Móstoles, en la causa arriba referida, dictó providencia por la cual rechazó la petición del penado a fin de que se aplazara el inicio del cumplimiento de la pena de privación del permiso de conducir.

Segundo

Contra dicha resolución Simón, interpuso recurso de reforma y subsidiario de Apelación, siendo desestimado el primero por auto de 4 de octubre de 2012 .

Tercero

El Ministerio Fiscal instó la desestimación de los recursos.

MOTIVACION

Primero

Simón fue condenado en sentencia firme de 27-7-11, como autor de un delito contra la seguridad vial, a la pena de seis meses de multa, con cuota diaria de 6 # y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por periodo de 12 meses y dos días y costas.

Solicitó el cumplimiento fraccionado de la pena de privación del permiso de conducir, lo que fue autorizado por el Juzgado ejecutor en auto de 12-3-12. Contra el mismo el Ministerio Fiscal interpuso recurso de apelación y fue acogida la pretensión en nuestro auto de 4-6-12 .

Segundo

Tras conocer el contenido de esa resolución, el Juzgado de Móstoles dictó el auto que ahora se cuestiona, denegando el aplazamiento instado, con el argumento de que nuestro auto obligaba al cumplimiento inmediato de la pena impuesta. No es así. Visto que el penado utiliza el coche como medio de trabajo, es técnico de urgencias de Calderas de Saunier Duval, así como que su mujer dio a luz el 24-7-12, por lo que está imposibilitada para trabajar durante al menos seis meses, parece razonable no cortar simultáneamente todos los ingresos familiares y estimar la pretensión deducida, aplazando, la ejecución de la pena impuesta hasta el 15-3-13, una vez terminada la temporada de invierno, que es cuando más trabajo hay en el sector al que se dedica el recurrente, según indica.

ACORDAMOS

Procede estimar el recurso interpuesto por Simón, contra el auto dictado por el Juzgado de lo Penal 6 de Móstoles el 4 de octubre de 2012, que desestimaba el recurso de reforma formulado...

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