SAP Ciudad Real 27/2013, 19 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución27/2013
Fecha19 Febrero 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00027/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de CIUDAD REAL

Domicilio: C/ CABALLEROS, 11 PRIMERA PLANTA

Telf: 926 29 55 00

Fax: 926-253260

Modelo: N54550

N.I.G.: 13034 41 2 2012 0049255

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000018 /2013

Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CIUDAD REAL

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000142 /2012

RECURRENTE: Abelardo

Procurador/a: EVA MARIA SANTOS ALVAREZ

Letrado/a: JOSE CARLOS SHINN REYGOSA

RECURRIDO/A:

Procurador/a:

Letrado/a:

Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000018 /2013

SENTENCIA Nº 27

En CIUDAD REAL, a diecinueve de Febrero de dos mil trece.

El Ilmo. Sr. D. Luis Casero Linares, Magistrado de la sección Primera de esta Audiencia Provincial, constituida como órgano unipersonal, conforme a lo dispuesto por el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de Faltas nº 142/2012, del juzgado de Instrucción nº 1 de Ciudad Real, seguidas por una falta de amenazas, con los que se ha formado el Rollo de Apelación nº 18/2013, en los que figura como apelante D. Abelardo representado por la procuradora Dª. Eva Maria Santos Álvarez y defendido por el letrado D. José Carlos Shinn Reynosa.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juez del Juzgado de 1ªInsta.e Instr. nº1 de Ciudad Real, con fecha 8 de noviembre de 2012 dictó sentencia en el Juicio de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes: "UNICO.- Se declara probado que D. Doroteo, mayor de edad y cuyos demás datos constan en las actuaciones, el día 22 de Mayo de 2012 se encontraba trabajando en los laboratorios ANUR, sito en la calle comerciantes s/n de Piedrabuena, cuando sobre las 10:22 horas recibió una llamada en su teléfono, del número NUM000 cuyo titular es el denunciado D. Abelardo .

Asimismo se declara probado que durante la conversación, el denunciado, con ánimo e intención de provocar miedo y temor en el denunciante le dijo: ¿Qué has hecho a mi mujer?, que sepas que te voy a partir la puta cabeza, y que se donde vives, en el parking de mercadota, voy a ir allí a ver si me hablas a mi igual que a mi mujer".

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así: "Que debo condenar y condeno a D. Abelardo como autor de una Falta de AMENAZAS LEVES a la pena de 15 días de multa a razón de 8 euros diarios, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así como al abono de las costas procesales".

TERCERO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por

D. Abelardo, que fue admitido en ambos efectos y, practicadas las diligencias...

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