SAP Valencia 129/2013, 25 de Febrero de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 129/2013 |
Fecha | 25 Febrero 2013 |
ROLLO Nº 001246/2012
SECCIÓN 10ª
SENTENCIA nº.129/13
SECCIÓN DÉCIMA :
Ilustrísimos Sres .:
Presidente:
JOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA ESPAÑA
Magistrados/as:
MARIA PILAR MANZANA LAGUARDA
CARLOS ESPARZA OLCINA
En Valencia, a veinticinco de febrero de dos mil trece
Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Modificación de Medidas nº 000901/2011, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE XATIVA, entre partes, de una como demandante-apelante, Jose Manuel representado por el Procurador MARIA ELVIRA SANTACATALINA FERRER y defendido por el Letrado CRISTINA SUÑER TORMO y de otra como demandado-apelado, Adoracion, representada por el Procurador JOSE LUIS MEDINA GIL y defendido por el Letrado JULIAN JAREÑO HUERTA. Y siendo parte el Ministerio Fiscal.
Es ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. CARLOS ESPARZA OLCINA.
En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE XATIVA, en fecha 26.03.12, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:
Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda de modificación de medidas de divorcio formulada por DON Jose Manuel, representado por la Procuradora Doña Mª Isabel Molina Devesa, contra DOÑA Adoracion, representada por la Procuradora Doña Mª José Diego Viceda, DEBO DECLARAR Y DECLARO la reducción de la pensión de alimentos prevista a favor de la hija menor de edad en la Sentencia dictada por este Juzgado, de fecha 23 de junio de 2007, recaída en los Autos de Divorcio de mutuo acuerdo nº 386/2007, por la que se aprobaba el convenio regulador ratificado por las partes, pensión que se fija en la cantidad total de 200 # mensuales que el padre abonará en la forma determinada en el convenio regulador.
Sin especial pronunciamiento en costas.
Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día de hoy para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni instado por las partes el recibimiento del pleito a prueba.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba