SAP Valencia 420/2013, 19 de Septiembre de 2013

PonenteSUSANA CATALAN MUEDRA
ECLIES:APV:2013:4477
Número de Recurso838/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución420/2013
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2012-0005039

Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 838/2012- AM - Dimana del Juicio Verbal Nº 000499/2012

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 18 DE VALENCIA

Apelante: EMIFAVAL INMOBILIARIA SL.

Procurador.- Dña. MARIA PAOLA OLMOS MARTINEZ.

Apelado: ASSISTACASA 2005 SL.

Procurador.- Dña. SILVIA GASTALDI ORQUIN.

SENTENCIA Nº 420/2013

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MAGISTRADO

ILMO. SRA. DÑA. SUSANA CATALÁN MUEDRA

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En Valencia, a diecinueve de septiembre de dos mil trece.

Vistos por mí, SUSANA CATALÁN MUEDRA, Magistrado de la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, constituido en Tribunal Unipersonal en los autos de Juicio Verbal 499/2012, promovidos por EMIFAVAL INMOBILIARIA SL contra ASSISTACASA 2005 SL sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por EMIFAVAL INMOBILIARIA SL, representado por el Procurador Dña. MARIA PAOLA OLMOS MARTINEZ y asistido del Letrado D. ENRIQUE VICENTE TORRES MESTRE contra ASSISTACASA 2005 SL, representado por el Procurador Dña. SILVIA GASTALDI ORQUIN y asistido del Letrado D. PANCRACIO VICENTE OLTRA MARCO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 18 DE VALENCIA, en fecha 18 de julio de 2012 en el Juicio Verbal 499/2012 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por EMIFAVAL INMOBILIARIA SL., representado por el Procurador D. Mª Paola Olmos Martínez, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a ASSISTACASA 2005 S.L., representado por el Procurador D. José Sapiña Baviera,en sustitución de su compañera Silvia Gastaldi Orquin, de las pretensiones contra ella deducidas en el presente juicio, con expresa imposición de costas procesales a la parte demandante, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de Sentencias.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de EMIFAVAL INMOBILIARIA SL, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de ASSISTACASA 2005 SL. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, se tramitó la alzada con celebración de la vista correspondiente el día 18 de septiembre de 2013, donde se practicó la prueba propuesta y admitida en esta instancia, a cuyo acto asistieron las partes que constan en el acta reseñada al efecto, quienes solicitaron se dictara Sentencia conforme la pretensión de sus respectivos patrocinados.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida, que este Órgano completa:

PRIMERO

Frente a la Sentencia dictada, que desestima la demanda formulada por el recurrente en reclamación de los honorarios devengados en su intermediación para la perfección del contrato de arrendamiento celebrado entre un tercero y la demandada, se alza la parte actora sosteniendo ante esta instancia la procedencia de la comisión que reclama por cuanto le vincula con la demandada un contrato de comisión y gestionó con éxito la celebración del negocio pretendido.

SEGUNDO

Y procede la desestimación del recurso interpuesto considerando los acertados razonamientos que llevan al Juzgador de Primera Instancia al fallo estimatorio de la demanda formulada contra el hoy apelante, que la Sala da por reproducidos sin consignarlos de nuevo para evitar innecesarias reiteraciones, y...

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