SAP Badajoz 284/2013, 4 de Diciembre de 2013

PonenteMARIA ISABEL BUENO TRENADO
ECLIES:APBA:2013:1165
Número de Recurso2/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO SUMARIO ORDINARIO
Número de Resolución284/2013
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N.3

MERIDA

SENTENCIA: 00284/2013

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

AVENIDA DE LAS COMUNIDADES S/N

Teléfono: 924310256-924312470

N87800

N.I.G.: 06083 37 2 2013 0000153

PROCEDIMIENTO SUMARIO ORDINARIO 0000002 /2013 Delito/falta: HOMICIDIO

Denunciante/querellante:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Contra: Mateo

Procurador/a: D/Dª JUAN LUIS GARCIA LUENGO Abogado/a: D/Dª MARIA TERESA SERDIO NAVARRETE SENTENCIA Nº 284/2013

ILMOS. SRES:

PRESIDENTE:

Dª JUANA CALDERON MARTÍN

MAGISTRADOS:

D. JUAN MANUEL CABRERA LÓPEZ

D Mª ISABEL BUENO TRENADO (ponente) -------------------------------------------------------------------------------------------------PROCEDIMIENTO: ROLLO 2/2013

Origen: Sumario 2/2012

Juzgado de Instrucción número 2 de Mérida (Badajoz) -----------------------------------------------------------------------------------------------En Mérida a 4 de Diciembre del dos mil trece. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz, integrada por los Magistrados al margen referidos, ha conocido en juicio oral y público la presente causa, dimanante del rollo penal número 2/2013

, que a su vez trae causa del Sumario número 2/2012, seguido en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Mérida, contra el acusado D. Mateo, mayor de edad, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, con DNI nº NUM000, nacido el NUM001 de 1.966, en Sant Gregori -Girona- hijo de Juan Antonio y Hortensia (letrada Sra. Mª Teresa Serdio Navarrete, procurador Sr. Juan Luís García Luengo)

Ha sido parte el Ministerio Fiscal, ejercitando la acción pública. Es Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ISABEL BUE NO TRENADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones provisionales, calificó los hechos objeto de esta causa como constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa del artículo 138, en relación con los artículos 16 y 62 del Código Penal .

Estimando responsable, en concepto de autor, al acusado, solicitando se impusiera a Mateo la pena de ocho años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y costas.

En concepto de responsabilidad civil, solicita que Mateo indemnice a Modesto, en la cantidad de

1.840 Euros, por las lesiones sufridas, y en la cantidad de 790 euros por las secuelas producidas.

Y que se abone el periodo de prisión cumplido por el procesado.

SEGUNDO

La defensa del acusado, en sus conclusiones provisionales calificó los hechos objeto de

esta causa como constitutivos de un delito de lesiones del artículo 147.1 del código Penal, de la que es autor el acusado, solicitando se le impusiera la pena de 2 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. Y solicitando se apreciara la concurrencia de la eximente completa del artículo 20.4º, primera, segunda y tercera y 5º y 6º en todos sus apartados en relación con el artículo 21 como atenuantes de legítima defensa, toxicomanía y alcoholismo.

TERCERO

Tras los trámites y actuaciones pertinentes, se señaló la vista el día 3 de Diciembre de 2013.

Antes de comenzar propiamente la vista pública, el Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales ( en particular la conclusión 1ª, 4ª y 5ª), en el sentido que se contiene en la grabación del acto.

En igual trámite, y por la defensa del imputado, así como por éste, se mostró su conformidad con la calificación y modificación efectuada por el Ministerio Fiscal, por lo que no se consideró necesaria la continuación del juicio, quedando el mismo visto para sentencia.

CUARTO

En la sustanciación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales. HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- Probado y así de declara por conformidad con el inculpado que:

Sobre las 21:00 horas del día 2 de julio de 2012, el procesado, Mateo (mayor de edad y ejecutoriamente...

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