SAP Barcelona 3/2014, 8 de Enero de 2014

PonenteJOAQUIN BAYO DELGADO
ECLIES:APB:2014:412
Número de Recurso652/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución3/2014
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Duodécima

ROLLO Nº 652/2012-B

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 17 BARCELONA

MODIFICACIÓN MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO NÚM. 147/2011

S E N T E N C I A Nº 3/14

Ilmos. Sres.

DON JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON

DON JOSÉ PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ

DON JOAQUIN BAYO DELGADO

En la ciudad de Barcelona, a ocho de enero de dos mil catorce.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Duodécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación medidas supuesto contencioso, número 147/2011 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 17 Barcelona, a instancia de D. Doroteo - IMPUGNANTE-, representado por la procuradora Dña. JUDITH CARRERAS MONFORT y dirigido por la letrada Dña. MERCÈ TABUENCA PETANAS, contra Dña. Patricia, representada por el procurador D. ALBERT RAMENTOL NORIA y dirigida por el letrado D. MIGUEL GARCÍA LEZCANO; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 24 de octubre de 2011, por el Juez del expresado Juzgado. Habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: " Estimo parcialmente la demanda de modificación de medidas interpuesta por DOÑA JUDITH CARRERAS MONFORT Procuradora de los Tribunales en nombre y representación de DON Doroteo, contra DOÑA Patricia, representado por el Procurador DON ALBERT RAMENTOL NORIA, y manteniendo la medidas establecidas en la sentencia de divorcio, modifico la que se indica a continuación:

Se fija en 900.- euros al mes la cuantía a abonar por el padre a la madre en concepto de pensión de alimentos para las hijas, en la misma forma y con las mismas actualizaciones establecidas en la sentencia de divorcio.

No se condena en costas de este procedimiento a ninguna de las partes.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones, y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 19 de diciembre de 2013.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN BAYO DELGADO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en cuanto no difieran de lo que sigue.

PRIMERO

La sentencia de primera instancia, cuya parte dispositiva ha sido trascrita, es apelada por la demandada, que con una valoración distinta de la prueba pretende que la demanda sea totalmente desestimada y la pensión alimenticia a cargo del padre para las dos hijas comunes, de 23 y 19 años, quede según fue fijada en el convenio de 17 de mayo de 1999, aprobado por la sentencia de divorcio de 21 de julio de 1999, es decir, de 973,64 euros al mes, que actualizada en 2011 era de 1.331,98 euros mensuales. El apelado se opone y a su vez impugna la sentencia con valoración diferente de la prueba...

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