SAP Albacete 130/2014, 10 de Abril de 2014

PonenteJESUS MARTINEZ-ESCRIBANO GOMEZ
ECLIES:APAB:2014:394
Número de Recurso626/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución130/2014
Fecha de Resolución10 de Abril de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ALBACETE

SENTENCIA: 00130/2014

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN Nº 2 DE ALBACETE

- C/ SAN AGUSTIN Nº 1 ALBACETE

Teléfono: 967596539 967596538

213100

N.I.G.: 02003 43 2 2008 0214275

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000626 /2013

Delito/falta: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/querellante: Belarmino

Procurador/a: D/Dª FERNANDO GIRALDA VERA

Abogado/a: D/Dª

Contra:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

S E N T E N C I A Nº 130/14

Ilmos. Sres.

D. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA

D. JUAN MANUEL SÁNCHEZ PURIFICACIÓN

D. JESUS MARTINEZ ESCRIBANO GOMEZ

En Albacete, a diez de Abril de dos mil catorce.

VISTOS ante esta Secc.2ª de la Iltma Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados relacionados al margen, en grado de apelación Rollo 626/2013, los autos seguidos ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete con el num. JO 17/202, sobre DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO OFICIAL EN CONCURSO CON UN DELITO DE APROPIACION INDEBIDA, siendo apelante en esta instancia Belarmino, representado por el Procurador Sr. Giralda Vera y defendido por el letrado Sr.Medrano Lacasa y parte apelada el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo.Sr. Magistrado D.JESUS MARTINEZ ESCRIBANO GOMEZ; y con base en los siguientes. ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la Sentencia apelada y,

PRIMERO

Por Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, con fecha 12 de Julio de 2013 se dictó en autos de Juicio Oral 17/12 la referida Sentencia, cuyos hechos probados y parte dispositiva dicen así: HECHOS PROBADOS: " ÚNICO El día 1 de junio de 2008, Ricardo, que deseaba obtener financiación para quedarse en traspaso el bar Rincón de la Abuela, sito en el pueblo conquense de San Clemente, se desplazó a Albacete y se dirigió al bar Las Perdices, donde contactó con el acusado Belarmino, mayor de edad penal y con antecedentes penales antiguos que serían susceptibles de cancelación, a quien Ricardo le pidió que le prestase 12.000 euros. El acusado accedió a prestarle la citada suma, pero le exigió la devolución del dinero, que serían 18.000 euros, en el plazo de dos semanas, que le firmara una hoja en blanco y, finalmente, que le entregase su coche, de la marca Mercedes modelo c-30 AMG, con matrícula .... PTV, para conservarlo en depósito hasta que le devolviera el dinero prestado.

Como el prestatario había dejado la documentación del coche en su interior, el acusado, por si mismo o usando a otra persona que actuaba espoleada por él, decidió arteramente, sin el conocimiento y el consentimiento del propietario del automóvil, simular una ficticia transmisión del coche en la que él mismo o un testaferro suyo serían los adquirentes del vehículo.

Así las cosas, él mismo o su mano derecha, rellenó el impreso oficial "Solicitud de Transmisión de Vehículo" en la que hizo constar como transmitente a Ricardo y, además, imitó la firma del titular del coche en la casilla correspondiente."

FALLO: "CONDENO a Belarmino, como autor de UN DELITO DE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO OFICIAL EN CONCURSO IDEAL CON UN DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad:

1)a las penas por el delito de falsificación de DIEZ MESES de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y SIETE MESES DE MULTA con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 120 días en caso de impago.

2)a la pena por el delito de apropiación indebida de de DIEZ MESES de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

3)a pagar las costas causadas en esta instancia."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación por la representación procesal de Belarmino, alega como motivos los expuestos en el escrito de apelación presentado ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, escrito que se da íntegramente por reproducido.

TERCERO

Tramitado el presente recurso de apelación, con arreglo a derecho, se celebró votación y fallo del mismo, el día 24 de Marzo de 2014.

HECHOS PROBADOS

Probado y así se declara que el acusado Belarmino, mayor de edad y con antecedentes penales antiguos susceptibles de cancelación, rellenó o hizo uso del impreso oficial "Solicitud de Transmisión de Vehículo", solicitando la inscripción a nombre de la mercantil INTEGRAL DE GESTION INMOBILIARIA Y SERVICIOS PEREZ MARTIN S.L., del vehículo matrícula .... PTV, que presentó ante la DGT el día 1 de

Agosto de 2008, imitando la firma de Ricardo, que figuraba como titular.

El referido vehículo se encontraba en poder del acusado por habérselo entregado el denunciado, que suscribió un documento privado de venta por un precio de 15.000.-#.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia del Juzgado de lo Penal, con base en la declaración del acusado, condena al recurrente como autor de un delito falsedad en documento oficial en concurso ideal con otro de apropiación indebida, considerando que Belarmino, tras haber recibido en depósito el vehículo .... PTV y conseguido su firma en un documento en blanco, todo ello en garantía del pago de un préstamo de 12.000.-# que otorgó a Ricardo, sin su consentimiento, simuló una ficticia transmisión rellenando el impreso oficial de transmisión imitando la firma del titular del vehículo.

El recurrente se alza, sosteniendo que el negocio jurídico celebrado entre las partes en junio de 2008 fue la venta del vehículo, como ha venido sosteniendo desde su primera declaración; alegando las numerosas contradicciones en las que dice cae el denunciante en sus manifestaciones que el Juzgado toma como suyas:

  1. - Si realmente se trataba de un préstamo el denunciante dice que recibió 12.000.-# pero que debía devolver

18.000.- a las dos semanas, que quiso devolver 12.500.- y le exigió 20.000 y, finalmente en el juicio que debía devolver 24.000.-; 2.- Que el tiempo de devolución del dinero era 15 días, que intentó devolverlo al mes y medio y, sin embargo la denuncia la presenta transcurrido cuatro meses desde la fecha del...

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