Sentencia nº 207/2006 de AP Alicante, 26 de Mayo de 2006

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Resumen


PROPIEDAD INTELECTUAL. EXISTENCIA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA. Ninguna diferencia existe legal, desde la perspectiva de la comunicación pública, en el hecho de que la naturaleza de la actividad de hostelería que se desarrolla en el local del demandado sea de una clase que no suponga una continuidad cronológica diaria en la prestación de la hostelería frente a las que prestan sus servicios, pues es pública desde el momento que presta un servicio a quien lo desea contratar, a cambio de la percepción económica que se pacta entre las partes. Se estima la demanda. Se desestima el recurso de apelación.

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Extracto


Sentencia nº 207/2006 de AP Alicante, 26 de Mayo de 2006

SENTENCIA Nº 207/06

Ilmos.

Presidente: D. Enrique García Chamón Cervera

Magistrado: D. Luis Antonio Soler Pascual

Magistrado: D. Francisco José Soriano Guzmán

En la ciudad de Alicante, a veintiséis de mayo del año dos mil seis

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos en instancia ante el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante con el número 588/05, y de los que conoce en grado de apela...

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