SAP Madrid 174/2014, 27 de Marzo de 2014

PonenteJULIAN ABAD CRESPO
ECLIES:APM:2014:5188
Número de Recurso446/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución174/2014
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

Sección nº 06 de la Audiencia Provincial de Madrid

Domicilio: C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071

Teléfono: 914934576,914933800

Fax: 914934575

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2013/0033652

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 446/2013 i

Origen :Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid

Procedimiento Abreviado 71/2013

SENTENCIA Nº 174/2014

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEXTA

Ilmos. Sres.

Presidente

D. PEDRO JAVIER RODRÍGUEZ GONZÁLEZ PALACIOS

Magistrados

D. FRANCISCO JESÚS SERRANO GASSENT

D. JULIÁN ABAD CRESPO (Ponente)

En nombre del Rey

En Madrid, a 27 de marzo de 2014.

Vistas las presentes actuaciones en segunda instancia ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados consignados al margen, seguidas en dicho Tribunal como Rollo de Apelación nº 446/2013 por el trámite del Procedimiento Abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por DON Jenaro contra la sentencia de fecha 29 de julio de 2013, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid en el Juicio Oral nº 71/2013, siendo Ponente el Magistrado de la Sección, Ilmo. Sr. D. JULIÁN ABAD CRESPO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal antes citado se dictó sentencia en los autos de Juicio Oral

antes expresados, en la que se declararon como probados los siguientes hechos: " Queda acreditado y así se declara que sobre Jenaro, mayor de edad y sin antecedentes penales que conste en esta causa, sobre las 3:35 horas del 22 de enero de 2011, circulaba conduciendo el vehículo Audi A-3 matrícula .... SCM por el KM 9 de la M-11 perteneciente al partido judicial de Madrid, con sus facultades psicofísicas alteradas previa la ingesta de bebidas alcohólicas, por lo que perdió el control de la vía volcando el vehículo.

Que practicada la prueba de alcoholemia a Jenaro arrojó un resultado de 0,62 y 0,62 mg. De alcohol por litro de aire respirado".

Siendo su fallo del tenor literal siguiente: " QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Jenaro como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial del art. 379.2 del Cp, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de 6 meses de multa con una cuota diaria de 7 euros, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el periodo de un año y un día, así como al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la Procuradora doña Paloma Miana Ortega, en representación de DON Jenaro ; y admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el MINISTERIO FISCAL; remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso.

TERCERO

En fecha 27 de noviembre de 2013 tuvieron entrada las actuaciones de la primera instancia en esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, formándose el correspondiente rollo de apelación, teniendo lugar la deliberación del recurso en la audiencia del día 26 de marzo de 2014.

CUARTO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, incluido el apartado de hechos probados, en cuanto no se opongan a los presentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se viene a alegar en el recurso, en síntesis, que no ha resultado probada la influencia de

la ingestión alcohólica en las facultades del acusado a la hora de la conducción del vehículo.

Examinadas las actuaciones, en el acto del juicio oral se practicaron los testimonios de los Guardias Civiles NUM000 y NUM001, constituyendo pruebas directas, apreciadas conjuntamente, de que el acusado tenía síntomas de influencia alcohólica tras la colisión de su vehículo, concretándose en el juicio oral tales síntomas por los citados testigos en olor de alcohol en el aliento, expresiones repetitivas, y deambulación vacilante o insegura; de que las pruebas de alcoholemia fueron realizadas con un etilómetro debidamente homologado y con el correspondiente certificado en vigor emitido por el Centro Español de Metrología; de que ni en el vehículo conducido por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR