SAP Valladolid 119/2014, 10 de Julio de 2014

PonenteJOSE JAIME SANZ CID
ECLIES:APVA:2014:711
Número de Recurso28/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución119/2014
Fecha de Resolución10 de Julio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

VALLADOLID

SENTENCIA: 00119/2014

Rollo: RECURSO DE APELACION, Nº 28/ 2014

S E N T E N C I A Nº 119

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JOSE JAIME SANZ CID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO

En Valladolid a diez de Julio de dos mil catorce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de INCIDENTE CONCURSAL COMUN, Nº 17/2011, dimanante de Concurso Voluntario 351/2011, procedentes del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000028 /2014, en los que aparece como parte apelante, REAL VALLADOLID CLUB DE FUTBOL S.A.D., representado por la Procuradora de los tribunales, Dª. Paula Mazariegos Luelmo y asistido por el Letrado D. César Adeva Cortés, y como parte apelada, AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TIRUBUTARIA (AEAT Delegación Especial de Castilla y León), defendida por el Abogados del Estado y ADMINISTRACION CONCURSAL, que no ha comparecido en el presente recurso, sobre impugnación lista de acreedores, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. JOSE JAIME SANZ CID.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado Mercantil, nº 1 de esta Ciudad, con fecha 22 de Junio de 2012, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Se estima parcialmente la demanda formulada por la concursada frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y la Administración Concursal y declaro haber lugar a modificar la lista exclusivamente en cuanto a la determinación del crédito subordinado por intereses de demora, que se efectuará tomando como día final de dicho cómputo el anterior a la declaración de concurso; no se hace imposición de costas".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la parte demandante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la Agencia Tributaria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación y votación el pasado día tres, en que ha tenido lugar lo acordado.

ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En dos cuestiones no está de acuerdo la parte apelante. En cuanto a la deuda principal de 44.499.528,64 euros que la Administración Concursal ha incluido en la Lista de Acreedores a favor de la A.E.A.T. no se han creado dudas y es un extremo que no es objeto de discusión.

Sin embargo el recurrente muestra su disconformidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 189/2017, 15 de Marzo de 2017
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • March 15, 2017
    ...resolución de este recurso correspondió a la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valladolid, que lo tramitó con el número de rollo 28/2014 y tras seguir los correspondientes trámites dictó sentencia en fecha 10 de julio de 2014, cuya parte dispositiva FALLAMOS: Que estimando en pa......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR