SAP Almería 199/2004, 28 de Octubre de 2004

PonenteJUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON
ECLIES:APAL:2004:1173
Número de Recurso174/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución199/2004
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 199 / 04

ILMOS.SRES.

PRESIDENTE

D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORÓN

MAGISTRADOS

D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO

D. MANUEL ESPINOSA LABELLA

En la Ciudad de Almería, a veintiocho de octubre de dos mil cuatro.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, rollo número 174 de 2004, el Procedimiento Abreviado número 146 de 2004, procedente del Juzgado de lo Penal nº 3 de Almería , por delito de lesiones y allanamiento de morada, siendo apelante Abelardo , cuyas demás circunstancias personales constan en la sentencia impugnada, representado por la Procuradora Dª. María Dolores Jiménez Tapia y defendido por el Letrado D. Cecilio Vargas Peláez, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JUAN RUIZ RICO RUIZ MORÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 3 de Almería en la referida causa se dictó sentencia de 10 de mayo de 2004 , cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Apreciando en conciencia la prueba practicada se declaran expresa y terminantemente probados los siguientes hechos que sobre las 24:00 horas del día 20 de enero de 2003, el acusado, Abelardo , mayor de edad, sin antecedentes penales, con evidentes síntomas de embriaguez, se dirigió a casa de su tía política, Flora , sita en la CALLE000 nº NUM000 de la localidad de Laujar de Andarax, partido judicial de Berja, para buscar a dos hijas menores de edad que se habían refugiado en casa de su tía por tener miedo de su padre que se encontraba ebrio, y saltando previamente la verja al encontrarse la puerta de ésta cerrada con llaves, llegó hasta la puerta de entrada de la vivienda y comenzó a dar patadas a la puerta de la mencionada vivienda, hasta que Flora por miedo a que el acusado derribara la puerta la abrió, entablándose entre ambos una discusión por motivos familiares, en el curso de la cual, el acusado propinó un fuerte empujón a Flora , cayendo ésta desde el tranco de la casa hasta el suelo, causándole como consecuencia de tal caída heridas en zona pretibial derecha y en rodilla izquierda que precisaron para su curación tratamiento médico quirúrgico consistente en sutura, tardando 75 días en curar, durante los cuales permaneció incapacitada para sus ocupaciones habituales y quedándole como secuelas la limitación de últimos grados de rotación interna de hombro izquierdo y cicatrices; a continuación accedió de forma violenta y sin el consentimiento de sus dueños, al interior de la mencionada vivienda llevándose a sus dos hijas menores de edad que allí se encontraban. El acusado había ingerido bebidas alcohólicas el día de loshechos, pero no se considera probado que las mismas afectasen sus facultades intelectivas y volitivas".

TERCERO

Dicha sentencia contiene el siguiente Fallo: "Que, con expresa imposición de costas al acusado, debo CONDENAR Y CONDENO a Abelardo , como autor de un delito de sesiones a la pena de 7 meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Asimismo debo condenar y condeno al acusado como autor de un delito de allanamiento de morada a la pena de 1 año de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 6 meses a una cuota diaria de 3 euros. Asimismo se le condena a indemnizar en concepto de responsabilidad civil a Flora en la cantidad de 3900 euros en concepto de incapacitación temporal y secuelas causadas a la perjudicada con ocasión de los hechos. En el caso de impago de la multa impuesta el condenado quedará sujeto una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas".

CUARTO

Por la representación procesal de Abelardo , se interpuso en tiempo y forma, recurso de apelación mediante escrito, en el que se fundamentó la impugnación, solicitando la revocación de la sentencia recurrida y que en su lugar se dicte otra que le absuelva de los delitos de los que es acusado, o bien le condene conforme a la calificación alternativa presentada y, en todo caso le exima del pago de indemnización.

QUINTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las otras partes personadas quienes interesaron, el Ministerio Fiscal la confirmación de la sentencia recurrida.

Se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde se han observado las prescripciones del trámite, señalándose el día 19 de octubre de 2004 para votación y Fallo y declarándose concluso para sentencia.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se aceptan los de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS...

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