SAP Asturias 224/2006, 9 de Junio de 2006
Ponente | JOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APO:2006:1547 |
Número de Recurso | 42/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 224/2006 |
Fecha de Resolución | 9 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚMERO 224/06
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000042/2006
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Ignacio Álvarez Sánchez
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa
Doña Paz Fernández Rivera González
En Oviedo a, nueve de Junio de dos mil seis.
VISTOS en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1379/2005, procedentes del JDO.1A.INST. E INSTRUCCION N.1 de SIERO , Rollo 42/2006, entre partes, como Apelante/s ZARDOYA OTIS, S.A. representado por el Procurador de los Tribunales DOÑA ELENA SANTIAGO CUESTA, y bajo la dirección letrada de DON ARTURO MERINO BARTRINA, y como Apelado/s D. DIRECCION000 , de Pola de Siero representados por el Procurador de los Tribunales DOÑA MARÍA GARCÍA-BERNARDO ALBORNOZ, y bajo la dirección letrada de DON FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ GONZÁLEZ.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado 1 de Siero dictó Sentencia en los autos referidos con fecha veintisiete de Octubre de dos mil cinco cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "1º.- Con desestimación íntegra de la demanda interpuesta por la entidad mercantil "ZARDOYA OTIS, S.A." contra " DIRECCION000 DE POLA DE SIERO", debo absolver y absuelvo a ésta de todas las pretensiones actoras.
-
- Todo ello con expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte actora.3º.- Notifíquese esta resolución a las partes y llévese el original al libro correspondiente y testimonio a los autos.
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- Contra esta resolución cabe recurso de apelación que deberá prepararse mediante escrito que se presentará ante este juzgado en plazo de CINCO DÍAS a partir del siguiente al de la notificación de esta resolución, y en el que se indicará la resolución que se apela y la voluntad de recurrirla con expresión de los pronunciamientos que se impugnan".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Dictándose Providencia con señalamiento para el día siete de Junio de dos mil seis, quedando los autos tras la votación y fallo para sentencia.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON José Ignacio Álvarez Sánchez.
Se alza el presente recurso de apelación frente a la sentencia que puso término a la primera instancia, la cual desestimó la demanda al considerar nula, por abusiva, la cláusula de duración de los servicios establecidos en el...
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