SAudiencia Provincial, 27 de Mayo de 1999
Ponente | FRANCISCO HERRANDO MILLAN |
Número de Recurso | 316/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 27 de Mayo de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial |
SENTENCIA N ú m.
Ilmos. Sres.
D. JOAQUIN DE ORO PULIDO LOPEZ
D. CARMEN MUÑOZ JUNCOSAD. FRANCISCO HERRANDO MILLAN
En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de menor cuanta, número 239-96 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n°- 5 de Arenys de mar, a instancia de Dª. Maribel representada por el Procurador D. Manuel Marti Fonollosa y dirigida por la Letrada Dª. Patricia Montesinos, contra D. Carlos y Dª Francisca , representados por la Procuradora Dª. María José Blanchar Garcia, y dirigidos por el Letrado D. Jordi Salbanyá; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día veintiocho de enero y de 1997, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la excepción de prescripción alegada por el procurador D. Manuel Oliva Rosell, debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la procuradora Dª. Esther Portulas Comalat en nombre y representación de Dª Maribel , y en su consecuencia, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos de la misma. Con imposición de las costas a la actora.".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración do la vista pública el día veintinueve de abril de 1999, con el resultado que obra en la precedente diligencia.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. MagistradoD. FRANCISCO HERRANDO MILLAN.
Planteó la actora las presentes actuaciones en solicitud de la nulidad del testamento abierto otorgado por d. Jesús Manuel , ante el notario que fue de Calella D. Segundo. López Martin, el 27 de junio 19600. Previos los trámites procesales se dictó sentencia desestimando la demanda por prescripción de la acción ejercitada. Contra la sentencia se alzó la parte actora.
Ciertamente el primer debate se centra en la prescripción extintiva de la acción ejercitada, pues su solución en un sentido y otro determinará el examen de las cuestiones de fondo.
Son hechos incuestionables para las parte: que el testamento objeto de la litis se otorgó el 27-6-1960; que el testador falleció el 9-7-60 y que en acta notarial de 9-12-60...
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