SAP Asturias 478/2002, 21 de Octubre de 2002

PonenteRAMON AVELLO ZAPATERO
ECLIES:APO:2002:3831
Número de Recurso90/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución478/2002
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 90/2002 en autos de Juicio Verbal n°256/2000, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número tres de Avilés, promovido por Doña Rita y por Luis Pablo , como demandados en primera instancia, dirigidas por el Letrado Sr. Menéndez contra Don Ángel Daniel y Doña Almudena , como demandantes en primera instancia, representados por la Procuradora Sra. Fernández-Mijares y dirigidas por la Letrada Sra. González Lesmes, y contra Don Benjamín , como demandado en primera instancia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente Don Ramón Avello Zapatero.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número tres de Avilés, se dictó Auto con fecha 8 de Noviembre de 2000, cuya parte dispositiva dice así: Que desestimando el recurso de reposición formulado por la representación procesal de Dª. Rita contra la providencia de fecha 5-10-2000 debo de acordar y acuerdo confirmar ésta en sus términos.

Asimismo se dictó Sentencia con fecha cuatro de Diciembre de dos mil, cuya parte dispositiva dice así: Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de la parte actora Don Ángel Daniel y Doña Almudena , debo declarar y declaro haber lugar al desahucio pro precario de la casa sita en la CALLE000 n° NUM000 , bajo (Avilés), condenando a los demandados Doña Rita , Don Luis Pablo y Don Benjamín a dejar la citada casa libre, vacía y expedita y a disposición de los factores dentro del término legal, bajo apercibimiento de lanzamiento en caso contrario, con imposición a la demandada de las costas causadas por el codemandado Don Benjamín respecto de las cuales no se hace expresa imposición.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandadas Doña Rita y por Don Luis Pablo -recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, en donde una vez comparecidas se tramitó la alzada, y previos los demás trámites legales se señaló para la celebración de la vista el día quince de Octubre de dos mil dos, con la asistencia de los Letrados de las partes comparecidas, habiéndose practicado la prueba declarada pertinente con el resultado que obra en el soporte de grabación de sonido e imagen correspondiente.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Formulada por Don Ángel Daniel y Doña Almudena , en su condición no discutida depropietarios de la vivienda referida en el hecho primero del escrito inicial, demanda de desahucio por precario a fin de recuperar la plena posesión de dicha vivienda, al amparo de lo dispuesto en los artículos 1564, 1563-3° de la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil, y subsidiariamente de los artículos 1749 y 1750 del Código Civil, alegando al efecto que los demandados Doña Rita y Don Benjamín , ocupaban la susodicha vivienda sin título alguno y sin pagar renta o merced, la Sentencia de instancia estimó la demanda y en consecuencia decretó el...

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