SAP Asturias 80/2002, 25 de Febrero de 2002

PonenteJOSE MARIA ALVAREZ SEIJO
ECLIES:APO:2002:734
Número de Recurso527/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución80/2002
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA: 00080/2002

Rollo: RECURSO DE APELACION 527 /2001

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO

DOÑA MARIA JOSE PUEYO MATEO

DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNÁNDEZ PACHECO

En OVIEDO, a veinticinco de Febrero de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Cognición n° 517/00, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Oviedo n°1, Rollo de Apelación n°527/01, entre partes, como apelante y demandante PASTOR SERVICIOS FINANCIEROS ENTIDAD DE FINANCIACION S.A. y como apelantes y demandados DOÑA Elsa Y DON Jon .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia de Oviedo n°1 dictó Sentencia en los autos referidos, con fecha tres de septiembre de dos mil uno, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Don Francisco Javier Fumanal Fernández, en representación de Pastor Servicios Financieros, Entidad de Financiación, S.A., condeno a Don Jon y a Doña Elsa , a abonar solidariamente a la parte demandante la suma de 258.144 pesetas, más intereses legales desde interposición de la demanda, sin expresa imposición de costas del proceso.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Pastor Servicios Financieros, Entidad de Financiación S.A., Doña Elsa y Don Jon , y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la LEC, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La demanda que dio origen a la presente litis fue instada por "Pastor ServiciosFinancieros, Entidad de Financiación S.A." contra Don Jon y Doña Elsa en reclamación de 618.104 ptas más los intereses de demora, ello a causa del impago de diferentes compras realizadas con Tarjeta de Crédito concertada por dichos demandados y cuya financiación correspondía a la actora.

Los recibos en los que las compras indicadas se habían instrumentado y que habrían resultado impagados lo habían sido por importe de 258.144 ptas entre los meses de marzo y mayo de 1994, cantidad a la que en la reclamación hasta las 618.104 ptas se añadieron los intereses liquidados el 24-10-00. Por otra parte la demandada Doña Elsa , el día 24-11-95 había reconocido la deuda comprometiéndose a su abono antes del día 22 de enero de 1996. La demanda fue presentada el 13-11-00.

Los demandados, al contestar, adujeron, de un lado, falta de legitimación pasiva por parte de Don Jon y prescripción de la acción al haber transcurrido más de los tres años señalados en el art. 1.967-4° del Código Civil.

La sentencia de instancia declaró prescritos los intereses, no así el principal (258.144 ptas), entendiendo de aplicación a tal montante el plazo prescriptivo de 15 años, condenando a los demandados al abono solidario de tal cantidad más los intereses legales desde la interposición de la demanda.

Dicha resolución fue apelada tanto por la actora, insistiendo en su petición de abono total de la cuantia reclamada, como por los demandados quienes reiteraron su invocación de prescripción no...

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