Sentencia nº 36/2001 de AP Las Palmas, 5 de Febrero de 2001
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Sentencia nº 36/2001 de AP Las Palmas, 5 de Febrero de 2001
SENTENCIA 36/01
En Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de 2001.Examinados por el Ilmo.. Sr. D. Óscar Bosch Benítez, magistrado de la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, actuando como órgano unipersonal y en grado de apelación, los autos de Juicio de faltas n°. 215/99, Rollo n°. 368/2000, entre partes, como apelante Flora y la aseguradora VITALICIO, SA, y como apelados Alexander , Jose Ignacio , el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS y la entidad AEGON, SA, procedentes del Juzgado de Instrucción número TRES de los de Telde.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- NO se acepta la declaración de HECHOS PROBADOS en lo que concierne a la forma en que tuvieron lugar los hechos enjuiciados (no así en punto a los perjuicios personales y materiales derivados de los mismos, que se mantienen incólumes), debiendo ser sustituida por la que a continuación se expone:"HECHOS PROBADOS.- Del conjunto de la prueba practicada en el acto del juicio, resulta probado y así se declara, que el día 9 de agosto de 1998, aproximadamente a la 1.15 horas de la madrugada, Alexander conducía el vehículo autotaxi matri...Ver el contenido completo de este documento
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