SAP Barcelona 297/2006, 27 de Abril de 2006

PonenteENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO
ECLIES:APB:2006:5488
Número de Recurso849/2005
Número de Resolución297/2006
Fecha de Resolución27 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCION DECIMOCTAVA

ROLLO Nº 849/2005

OPOSICION MEDIDA ADMINISTRATIVA EN PROTECCION MENORES NÚM. 874/2004

JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA 51 BARCELONA

S E N T E N C I A Núm.297/06

Ilmos. Sres.

Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª. MARIA DOLORS VIÑAS MAESTRE

D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO

En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de abril de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Oposición a Medida Administrativa en materia de Protección de Menores, número 874/2004 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 51 de Barcelona, a instancias de DOÑA Encarna y DON Pedro, contra la DIRECCIÓ GENERAL D'ATENCIÓ A LA INFÀNCIA I L'ADOLESCÈNCIA (DGAIA) y DOÑA Olga ; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de junio de 2005, por la Juez del expresado Juzgado, con la intervención del Ministerio Fiscal

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Josefa Manzanares Corominas, en nombre y representación de D. Pedro y Dña. Encarna, y confirmo la resolución dictada por la D.G.A.I.A. en fecha 4 de octubre de 2004. Se deja sin efecto las Medidas Cautelares acordadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal, que se oponen al recurso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 18 de abril de 2006.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el magistrado Ilmo. Sr. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora, abuelos paternos de la menor, interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba, e insisten en su oposición a la Resolución de la DGAIA de fecha 4 de octubre de 2004 en que se otorga la guarda de la menor a su madre, solicitando se les otorgue a ellos la tutela de su nieta Frida

La Direcció General d'Atenció a la Infància i l'Adolescència (DGAIA), el Ministerio Fiscal, y la madre de Frida, solicitan la confirmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Entendemos debe confirmarse la resolución recurrida en la correcta valoración de la prueba por la Juez de la instancia, y cuya conclusión en el fundamento de derecho tercero sobre la evolución positiva de la madre que ha redundado en beneficio de la menor Frida consideramos del todo acertada,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 artículos doctrinales
  • El régimen jurídico de la tutela tras la Ley 8/2021, de 2 de junio
    • España
    • Revista Crítica de Derecho Inmobiliario Núm. 791, Mayo 2022
    • May 1, 2022
    ...de Asturias, sección 4.ª, de 13 de julio de 1998 (AC 1998, 6279), a favor de la abuela paterna; las sentencias de la Audiencia Provincial de Barcelona, sección 18.ª, de 27 de abril de 2006 (JUR 2006, 272486) a favor de los abuelos paternos de la menor; de la Audiencia Provincial de Madrid, ......
  • Constitución de la tutela. Nombramiento, capacidad y causas de inhabilidad del tutor
    • España
    • Revista Crítica de Derecho Inmobiliario Núm. 725, Mayo 2011
    • May 1, 2011
    ...de Asturias, Sección 4.ª, de 13 de julio de 1998 (AC 1998/6279), a favor de la abuela paterna; la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 18.ª, de 27 de abril de 2006 (JUR 2006/272486), a favor de los abuelos paternos de la menor; la sentencia de la Audiencia Provincial d......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR