SAP Murcia 493/2009, 2 de Noviembre de 2009
Ponente | CAYETANO RAMON BLASCO RAMON |
ECLI | ES:APMU:2009:2242 |
Número de Recurso | 528/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 493/2009 |
Fecha de Resolución | 2 de Noviembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00493/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 001
Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 3ª PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf : 968229183
Fax : 968229184
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2009 0102794
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000528 /2009
Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de MURCIA
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000896 /2007
RECURRENTE : Antonio
Procurador/a : MIGUEL ANGEL ARTERO MORENO
Letrado/a : ROSA MARIA GARCIA CORCOLES ESCUDERO
RECURRIDO/A : AUTOMATICOS VIDEMUR SL
Procurador/a :
Letrado/a :
SENTENCIA Nº 493/09
ILMOS SRESD. Andrés Pacheco Guevara
Presidente
Dª. Mª Pilar Alonso Saura
D. Cayetano Blasco Ramón
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a dos de noviembre de dos mil nueve.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio Ordinario núm. 896/2007, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. seis de Murcia, entre las partes, como actora, y en esta alzada apelada, Automáticos Vidamur S.L., representada por el Procurador Sr. Jiménez- Cervantes Hernández-Gil, y defendida por el Letrado Sr. Villegas López, y como demandada, y en esta alzada apelante, Antonio , representado por el Procurador Sr. Artero Moreno, y defendido por la Letrada Srª. García-Córcoles Escudero, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Cayetano Blasco Ramón, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado, con fecha 28 de enero de 2009 , dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Jiménez-Cervantes, en nombre y representación de Automáticos Videmur, S.L., contra Antonio , y debo condenar y condeno a ése a que abone a la actora la cantidad de 27.159 euros, más los intereses legales y las costas del Procedimiento."
Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada, siéndole admitido, y tras los trámites previsto en la
L.E. Civil, se remitieron los autos a esta Audiencia, formándose el presente Rollo por la Sección Primera con el núm. 528/2009 , designándose Magistrado Ponente por turno y señalándose deliberación y votación para el día 2 de noviembre de 2009.
En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Alega la parte apelante, en síntesis, que la sentencia de instancia incurre en error a la hora de valorar la prueba, señalando que nos encontramos ante un contrato de adhesión que contiene cláusulas abusivas, y que no se ha aplicado la doctrina de los actos propios en cuanto que extrajudicialmente tan sólo le reclamaba 11.232 #, considerando que únicamente le debe la cantidad prestada de 11233#, a la cual se ha allanado, pues los restantes 15.926# se reclaman al amparo de la cláusula sexta de un contrato de adhesión que considera abusiva y, por consiguiente, nula, invocando al efecto el R.D. Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la
L.G.D.C.U., la Ley 26/1984 de 19 de julio sobre Defensa de los consumidores, y la Ley 7/1998 de 13 de abril sobre condiciones Generales de la Contratación, alegando la existencia de desequilibrio en las prestaciones en perjuicio de los adherentes y argumentando sobre ello. Se alega, asimismo, que no se acredita la existencia de daños y...
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